Año y medio de cárcel para el policía de Palma que agredió a un detenido

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha condenado a cuatro policías locales del Ayuntamiento de Palma a penas que oscilan entre un año y medio y un año de prisión, acompañadas de inhabilitación para el ejercicio del cargo de funcionario por periodo limitado, por un delito contra la integridad moral no grave.

La sentencia, notificada este jueves, se refiere a hechos ocurridos en la jefatura del cuerpo en mayo de 2011, cuando un detenido denunció malos tratos en los calabozos.

Cabe recordar que había un vídeo en el que se veía a cómo un policía agredía a un detenido que se encontraba esposado, mientras los otros tres agentes estaban presentes durante la agresión y no la impedían, por lo que la Fiscalía aportó como prueba en el juicio este vídeo de la cámara de seguridad.

Concretamente, el principal acusado ha sido condenado a la pena de un año y seis meses de cárcel como autor de un delito contra la integridad moral no grave, en modalidad activa. La condena incluye la accesoria común de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y la inhabilitación especial para el desempeño del cargo de funcionario de la Policía Local del Ayuntamiento de Palma por tiempo de tres años.

Esta persona ha sido también condenada por una falta de lesiones a una pena de diez días de multa, a razón de una cuota diaria de 6 euros, absolviéndole del delito de lesiones del que venía siendo acusado. Además, debe indemnizar al perjudicado en la cantidad de 480 euros por las lesiones sufridas y en 4.000 euros por el daño moral causado derivado del ataque infringido en su integridad moral.

Los otros tres acusados son condenados por un delito contra la integridad moral no grave en su modalidad pasiva, a penas de un año de prisión cada uno de ellos. Uno de los acusados es condenado a la inhabilitación especial para el desempeño del cargo de funcionario de la Policía Local de Palma por 3 años y los otros dos por 2 años.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

EUROPA PRESS

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