ÁGORA

Másters del Universo

Cuando a un servidor le invitan a participar en algún curso o evento, me suelen preguntar cómo debo aparecer en el programa. «El cargo principal» suelo decir, porque creo que es lo que corresponde, si bien a veces se explayan y, consultando mi currículum (el cual es público), en ocasiones añaden alguno de mis másteres. Por supuesto, son estudios que en verdad he cursado, pero les tengo que decir que en mi vida profesional me han servido para bastante poco. Al final, un buen profesional se hace con la práctica. Resolviendo problemas y enfrentándose al día a día, y esto te hace ganar experiencia. Así es como aprendes, y así es como sabes. La «titulitis» sirve más bien para aparentar que sabes. Sin embargo y por desgracia, esto es lo que en realidad parece que cuenta. Últimamente vemos que la estética es la cuestión fundamental en política (y en otros ámbitos). No mentir o no cometer delitos debería ser mucho más importante, ¿no creen?

Pero no. España vuelve a tropezar en su propia sombra con otro burdo caso de falsedad documental en un alto cargo público, el enésimo. José María Ángel Batalla, encargado de liderar la reconstrucción post inundaciones en Valencia, tuvo que dimitir recientemente tras descubrirse que presuntamente mintió sobre una carrera universitaria inexistente. La Universidad de Valencia ha negado tajantemente la existencia de ese “título fantasma” que Batalla usó para ingresar en la función pública en los años 80. Y bien que hizo carrera a partir de ese punto de inflexión fake. Pero hay algo más profundo en este tipo de trampas: no se trata de un error aislado, sino de un síntoma sistémico. También la líder del PP, Noelia Núñez, renunció casi al mismo tiempo por inflar grados académicos en su currículum. Asistimos así a un curioso consenso político: sabotear la legitimidad pública presumiendo a través de títulos falsificados una “honestidad” técnica y académica que luego no existe.

Como siempre, acompañamos a nuestra crítica la necesaria dosis de análisis técnico y jurídico, donde destacan los siguientes aspectos:

  1. Violación de la fe pública y de los principios constitucionales. Mentir sobre un título que habilita para el acceso a la administración pública vulnera no solo la legislación española sobre procedimiento administrativo y empleo público, sino también el principio de confianza legítima que presume el uso de títulos universitarios reales para acceder a puestos y plazas en el sector público.
  2. Responsabilidad penal y administrativa. A efectos jurídicos, el uso de documentos falsos puede constituir delito de falsedad en documento público (art. 390 CP) y, en el ámbito administrativo, justificar una sanción firme o expulsión del cargo. La renuncia voluntaria al puesto evita algunos procedimientos, pero evidentemente no exime de esta responsabilidad.
  3. “Publicidad engañosa” en la política. Los funcionarios y cargos públicos deben acreditar veracidad y reputación en su actuación pública. La presentación de un CV falsificado no solo viola normas técnicas, sino el propio contrato moral con la ciudadanía.

Más allá de estas cuestiones legales, destaca la dimensión política y la necesidad de una crítica neutral y estructural de los casos en cuestión. Primero, porque observamos un desprestigio público cruzado: el PSOE deposita en Batalla la responsabilidad de reconstruir vidas tras las inundaciones y descubre que su “experto” no existe; paralelamente, el PP certifica internamente que su liderazgo también se construye sobre títulos ficticios. Esta corrupción intelectual se vuelve simétricamente política.

Y nos preocupa el humo institucional subyacente, que pone en duda que las reformas propuestas sean operativas. Sabemos que el ejecutivo ha respondido al escándalo con un plan anticorrupción de 15 puntos –nuevo órgano, IA en contratación pública, auditorías, lista negra, protección al denunciante…– que incluye garantizar “una política limpia”. Sin embargo, Batalla y Núñez representan la otra cara: la de los casos de menor corrupción económica, pero idéntica manipulación normativa y trampa institucional.

También es evidente la erosión de la meritocracia efectiva. La prueba es que el sistema permite y tolera la falsedad en nombres y credenciales, no solo con silencio, sino con tolerancia implícita. El resultado es una sociedad resignada a creer que “todos lo hacen”, y que el mundo real no exige preparación, sino apariencia.

La solución en última instancia es, no nos engañemos, el desarrollo intrínseco de una mayor ética personal y profesional en nuestros cargos públicos. Pero también podemos proponer una serie de medidas mínimas más técnica que, visto lo visto, se nos antojan inaplazables:

  1. Registro oficial y verificable de titulaciones universitarias. Pasaría por establecer un sistema de verificación pública en portales oficiales (por ejemplo, en la sede electrónica de un Ministerio), por supuesto electrónicos y fehacientes, para que cualquier titulación que se presente sea comprobable en tiempo real.
  2. Sanciones ejemplares, tanto penales como administrativas: inhabilitación para ocupación de cargos públicos, pérdida irrevocable del derecho de acceso a empleos y cargos públicos, y multa proporcional al daño y al engaño.
  3. Declaración de integridad académica obligatoria. Para acceder a cargos o altos puestos públicos, debería exigirse un segundo juramento específico de títulos y formación, por supuesto con respaldo documental validado por consejo independiente, si bien insistimos en la facilidad de comprobar los documentos electrónicos, ya bien sean originales o copias auténticas.
  4. Auditoría política regular. Proponemos externalizar esta autoría en un órgano independiente que verifique los CV de altos cargos antes de nombramientos oficiales, y lo haga con transparencia pública y consecuencias visibles.

Queremos incidir especialmente en el primer punto. ¿Un expediente académico electrónico se puede falsificar?

La respuesta es que no, porque lo impiden elementos de fehaciencia e inalterabilidad como la firma electrónica o el sello de tiempo. Podríamos diferenciar lo que es expediente académico en sí, del título (el diploma, para entendernos). En todo caso, hablamos de un expediente compuesto por documentos, actas y certificados. Si son documentos electrónicos es porque incorporan una o varias firmas electrónicas. En tal caso son auténticos e inalterables. Ese certificado electrónico, entre otras bondades, es la que le da a un documento el valor añadido de la veracidad. Por un lado acredita inequívocamente la identidad del firmante o, en su caso, del titular del sello de órgano. Por otro, reviste de la fehaciencia temporal al documento, porque incorpora el aludido estampado de tiempo. No habría posibilidad, en definitiva, de falsificar, o reconstruir, o alterar, o modificar posteriormente… Además, todo lo que hay en un expediente electrónico es exactamente todo lo que hay. Ahí estaría todo, ni más ni menos: no se puede añadir, suprimir ni cambiar nada. Ahí lo tendríamos siempre a nuestra disposición, deseando ser consultado en los maravillosos archivos electrónicos.

Añadan que, aunque suele tratarse de títulos cursados antes de las vigentes leyes de transparencia (2013) y procedimiento (2015), las cuales avalan esta transparencia y trazabilidad electrónicas, estas son de aplicación a las Universidades públicas. Hoy en día, por tanto, ya deberían tramitarse estos expedientes y títulos de forma íntegramente electrónica; pero el mismo formato se aplica de forma retroactiva en cuanto a la conformación de los citados archivos electrónicos. Y ni que decir tiene que por aplicación de la propia ley de transparencia la Universidad no puede negarse a dar información amparándose en la protección de datos de carácter personal (esto también lo hemos oído en los últimos días), porque lo que tiene que proteger son dichos datos, pero no la información. Y menos una información tan relevante. Ojo con eso, porque, aunque no sea el caso, no es ningún secreto que algunas universidades están fuertemente politizadas.

En fin, que seguimos teniendo problemas con los másteres y otras titulaciones falsas; problemas que podríamos tener en 1987 (año de estreno de la película «Másters del Universo»), en una época en la que el papel lo aguantaba todo, pero no en 2025. Al menos no en un país avanzado.

Nuestra conclusión solo puede ser crítica. Este caso revela una corruptela mucho más sutil que el cohecho o la malversación: la falsificación de la legitimidad académica, un fraude institucional aparentemente menor pero con efectos devastadores en la confianza ciudadana. La corrupción no siempre es económica; también se puede corromper nuestra percepción de las instituciones públicas que gestionan grandes recursos en base a decisiones tomadas por personas poco competentes.

Y basta ya de medidas estéticas para acabar con la corrupción basada en la estética. En este caso no basta con reformar el sistema sin cambiar su alma. España podría legislar severamente el fraude académico en política, pero si no incrementa su nivel de ética pública, si no exige verificación de lo que se dice y lo que se declara (en todos los sentidos), seguirá alimentando un teatro de dudosa credibilidad. Y ello debilita el Estado de Derecho incluso sin quebrantar una sola cláusula formal. La salud de una democracia no se mide por tener leyes impecables, sino por el número de personas realmente convencidas de cumplirlas hasta su última coma, sin maquillar la realidad… Ni sus propios currículums.

Víctor Almonacid

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  • Alerta Ley Moll de abolición de las leyes fake de función pública 1964-2025 de sanciones perpetuas por Juramento de Exclusión Totalitaria AntiCE UE J.E.T.A franquista de NO HABER SIDO SEPARADO DE SERVICIO NI DESPEDIDO NI PRESO NI INHABILITADO NI CONDENADO A MUERTE NI SUSPENSO, NI EXCOMULGADO NI DESTERRADO, NI PROSCRITO, NI INCLUSO EN UN ERE, NI PERDIDO EL EMPLEO, por Tribunal de Honor,de Guerra,de Disciplina, Inquisición ,Selección, Consejo Ministros, Municipal,.. en Ayuntamientos, Diputaciones, Autonomías,AGE, BdE,Airef,Correos, Consejo de Estado,...por art.30.1.e DLFCE Carrero 1964,Moscoso 1984 Almunia 1988 art.56.1.d. EBEP Sevilla 2007,....que deben sancionados y cesados a si mismos como propone Víctor Almonacid por legislar en falso a sabiendas de que la CE y la UE prohíben ese requisito esencial franquista de limpieza derivado del Estatuto de Toledo y otros...de expulsión de judíos, vagos maleantes. y disidentes alertadores desafectos críticos que estorben al dictador de turno. Si por falsear un título de funcionario son nulos todos sus actos nulos y anulables que sucederá si son falsos millones de títulos JETAfranquistas desde 1964 a 2025 sin reproche alguno de Catedros, Abogados del Estado, Letrados Cjo Estado,TC,TCu, BdE,Ministros,....Hace 30 años Levante dio la alerta de fraude masivo de oposiciones que excluyen al separado , fiscalización local también alerto , pero nadie rectifico las leyes fake de FP ,Universidad, ...

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