Categorías: SOCIEDAD

El vandalismo sobre bienes culturales pueden costar hasta 30.000 euros o cubrir todo el daño

Los daños sobre los bienes culturales vienen repitiéndose con frecuencia durante los últimos tiempos, en especial, a través de pintadas.

Esta misma semana, por ejemplo, han aparecido pintadas junto a la escalinata de entrada a la Catedral de Santiago de Compostela lo que ha generado una gran indignación. Hechos que ahora se investigan para intentar localizar al autor (o autores). La Xunta, por su parte, ya ha advertido que los responsables pueden enfrentarse a multas de hasta 150.000 euros.

Hay que recordar que la protección de los Bienes de Interés Cultural en España está recogida por ley (Ley del Patrimonio Histórico de 1985) pero no hay que olvidar que en esta normativa se recogen las sanciones de tipo administrativo –sin entrar, por tanto, en el castigo de las acciones que puedan llegar a constituir un delito-.

Tampoco conviene olvidar que ese Patrimonio Histórico lo componen el conjunto de bienes materiales o inmateriales con un valor historico, cultural o técnico innegable.

Por regla general, si el daño causado puede cuantificarse la multa es proporcional a esa cantidad pero la cosa varía de una comunidad a otra en caso de que los daños no puedan concretarse. Así, ocasionar desperfectos graves (del mismo tipo) puede suponer una sanción de 6.000 euros en Galicia pero de hasta un millón de euros en Aragón.

En el caso de Baleares si los daños no superan los 600 euros la multa que puede imponerse al infractor podrá llegar a ser de 610 euros.

Sin embargo, si los daños causados alcanzan los 12.000 euros la multa puede ascender hasta los 30.000 euros y si son de mayor valor, la sanción podría elevarse hasta el doble de la valoración económica de los daños.

Todo ello sin perder de vista, que si los daños son suficientes como para pasar a la vía penal, el "precio a pagar" puede ser mucho mayor ya que a la sanción administrativa el juez podría imponer otro tipo de penas (como el pago de los gastos para restituir la cosa a su estado inicial) o medidas (hace un par de años, por ejemplo, un juez de Palma condenó a unos grafiteros a pintar de nuevo el vagón de un tren que habían llenado de pintadas).

Y sin mencionar la posibilidad de acabar con antecedentes penales (en caso de condena) o tener que hacer frente a peticiones de cárcel.

Redacción

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