El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha rechazado elevar a incapacidad absoluta el grado de discapacidad declarado en 2019 a un carpintero que sufrió un accidente laboral con una fractura abierta de tibia y peroné derechos. El trabajador percibe una pensión del 55 por ciento de su base reguladora de 1.550 euros, según ha informado el tribunal en un comunicado.
En septiembre de 2023, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ratificó el mantenimiento de la incapacidad total. A pesar de presentar secuelas en la pierna, varias intervenciones en ambos hombros por roturas de tendón y un cuadro ansioso-depresivo reactivo, se concluyó que no existían nuevas limitaciones respecto a las iniciales, con lo que el trabajador conservaba su capacidad para labores de mínimo esfuerzo físico que no requieran bipedestación prolongada, carga de peso, ni movimientos continuados de hombros. La sentencia de instancia desestimó nuevamente la demanda del trabajador.
UN RECURSO CONSIDERADO "DEFECTUOSO"
Según el tribunal, la petición de revisión es "defectuosa" porque no cita un documento específico, sino que remite de nuevo a todo el conjunto de pruebas para proponer una valoración alternativa a la del juez de instancia.
Así, el TSJIB destaca que, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo, la valoración de la prueba corresponde al juzgador de primer grado y la Sala solo puede fiscalizarla si existen errores manifiestos detectables mediante una prueba concreta y hábil, y no mediante una revisión general del material probatorio.
En consecuencia, el recurso se desestima por defectos formales que justifican su inadmisión. La sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.






