La Fiscalía, que inicialmente solicitaba que fuese condenado a 22 años de cárcel, ha rebajado su petición después de alcanzar un acuerdo de conformidad con la defensa antes de la celebración del juicio, que estaba señalado para la mañana de este jueves.
En un primer momento el fiscal consideraba que los hechos eran constitutivos de un delito de acoso sexual, dos delitos de agresión sexual sin penetración y uno de agresión sexual con penetración.
RECONOCE LOS HECHOS
El acusado ha reconocido los hechos y ha sido finalmente condenado por un delito de acoso sexual y otro de agresión sexual con penetración. Este último, al ser continuado, agrupa los otros dos sin penetración que inicialmente se habían planteado.
Por el primer delito deberá pagar una multa de unos 480 euros; por el segundo, tres años y medio de prisión --de los cuales ya ha cumplido parte de forma preventiva-- y cumplir una orden de alejamiento de la víctima.
En ambos ha concurrido la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño, dado que el procesado ya ha consignado de 38.000 de los 70.000 euros de indemnización que deberá pagar por ambos delitos.
El fiscal, en su escrito de acusación, que no ha modificado pese a la conformidad, señala que los hechos sucedieron entre mayo y noviembre de 2024.
CAFETERÍA EN EL LLEVANT DE MALLORCA
El condenado, propietario de una cafetería ubicada en la zona del Llevant de Mallorca, acosó sexualmente a la víctima, a quien pidió que dejara a su marido y mantuviera relaciones sexuales con él.
El procesado esperaba a que la víctima saliera de trabajar para acompañarla en coche hasta su casa, poniendo la excusa de que quería hablar del trabajo. Si esta se negaba, según el fiscal, el acusado la amenazaba con que ella y su marido perderían el trabajo.
En esos trayectos en coche le agredió sexualmente en tres ocasiones, una de ellas con penetración. Después la amenazó con agredir a su marido si contaba lo ocurrido.








