La afectada, socia de Consumidores y Usuarios de las Islas Baleares, integrada en FACUA, Consumidores en acción, ha interpuesto una demanda contra Vodafone sobre protección al Derecho al Honor, por haber incluído en un fichero de morosos a una usuaria que según ellos, había contratado el servicio de mensajería SMS Premiem y adeudaba 147€.
Así, la sentencia da por probado que Vodafone no requirió de pago a la consumidora por lo que esta desconocía la existencia de la deuda, que, por otra parte, la demandante no reconocía por cuanto se trataban de servicios adicionales que no habían sido contratados. Más aún, la propia compañía Vodafone había aceptado la reclamación de la demandante y se había comprometido a descontar de la factura los servicios Premium, cosa que Vodafone no hizo y que además procedió a la interrupción del servicio a pesar de que la consumidora había abonado la suma que Vodafone le había indicado, una vez deducidos los importes incorrectos.
La magistrada da un toque a la compañía considerándola parte directa en los envíos de servicios adicionales (mensajes Premium, etc) por otras empresas y no mera intermediaria como siempre han mantenido las compañías de telefonía para no hacerse responsables de esta practica.






