El condenado no ingresará en la cárcel, pero cargará con una indemnización de más de 95.000 euros, de los cuales ya ha abonado anticipadamente 25.000. Las partes han alcanzado este lunes un acuerdo de conformidad en la vista previa al juicio, por el que el acusado queda condenado por los delitos de conducción temeraria con peligro para la vida y abandono del lugar del accidente.
Una salida negociada que supone una rebaja sustancial respecto a lo que reclamaba la acusación: la Fiscalía había solicitado inicialmente ocho años y tres meses de prisión al calificar los hechos como un delito de homicidio en grado de tentativa.
ATROPELLO DELIBERADO
Los hechos ocurrieron la noche del 29 de junio de 2021, en torno a las 22:00 horas. El procesado circulaba por la carretera de Sóller de forma manifiestamente peligrosa: adelantando por línea continua, sin respetar la distancia de seguridad y a una velocidad muy superior a la permitida.
En un momento dado, adelantó a la motocicleta de la víctima rozándole el manillar y el retrovisor. Unos metros más adelante, el motorista le recriminó su conducta y entre ambos estalló una discusión al volante en plena carretera.
Lo que vino después no fue un accidente. El procesado persiguió deliberadamente a su víctima a gran velocidad y, a la altura del kilómetro 7 de la citada vía, la arrolló con su vehículo. Acto seguido pisó el acelerador y huyó del lugar, dejando al motorista tendido en el asfalto.
Las consecuencias del atropello para la víctima fueron graves. Las heridas tardaron más de 200 días en sanar y su motocicleta sufrió desperfectos valorados en más de 2.000 euros. La gravedad de las lesiones fue precisamente lo que llevó a la Fiscalía a elevar su calificación inicial a tentativa de homicidio, una acusación que finalmente no ha prosperado tras el acuerdo alcanzado entre las partes.
PAGO ANTICIPADO Y DILACIONES
Dos circunstancias han resultado determinantes para que el acuerdo de conformidad se cerrara en los términos en que lo ha hecho. Por un lado, el condenado ya había abonado 25.000 euros a la víctima antes del juicio, un gesto que ha sido valorado por el tribunal. Por otro, se ha apreciado el atenuante de dilaciones indebidas, dado el tiempo transcurrido desde que ocurrieron los hechos hasta la celebración de la vista.
Ambos factores, unidos, han propiciado una condena que, en la práctica, permite al condenado eludir el ingreso en prisión a cambio de saldar una deuda económica con la víctima que supera los 95.000 euros.








