Es un sí pero no, un no se puede aunque igual sí se puede. En definitiva, un desaguisado tal que sus autores ya anuncian una reforma. La ley que regula el alquiler turístico en Balears, y que el Parlament aprobó el martes pasado, no sirve porque no regula clara y nítidamente la actividad. Aquella en la que se ponen todos los focos, el alquiler de pisos y apartamentos vacacionales, está en estos momentos en un limbo que no ofrece ninguna seguridad jurídica. mallorcadiario.com ha querido conocer la opinión de los expertos jurídicos en esta materia y por ello, ha hablado con el abogado Javier Blas, de Illeslex Abogados, para poner luz entre tanta tiniebla.
A día de hoy, y a la espera de que el texto definitivo se publique en el BOIB, lo único que está claro es que toca esperar para tenerlo todo claro.
De momento, no se sabe quién sí y quién no puede alquilar su piso un apartamento con fin turístico (contratos de menos de un mes). Después del pleno del martes en el Parlament, las reglas del juego están abiertas y son interpretables ya que no se prohibe pero tampoco se autoriza. Por ello, el Govern y su principal socio, Podem, revisarán "lo antes posible" la ley. "Como bien dice el conseller de Turisme, es un texto Frankenstein ya que en el preámbulo dice una cosa pero en el desarrollo, marca lo contrario", apunta Blas.
Por tanto, el propietario que quiera alquilar o seguir alquilando su piso en edificios plurifamiliares difundiéndolo a través de canales de comercialización turística -páginas web como AirBnb, HomeAway, etc.- que sepa que no está realizando una actividad propiamente autorizada.
Otra certeza es que hay una moratoria de un año durante la cual los Consells y ayuntamientos deberán zonificar. Ésto es, decir en qué calle sí y en qué calle no se puede arrendar turísticamente. Una vez determinado, el propietario se tendrá que someter a la comunidad de vecinos y conseguir su visto bueno. "Por ello, tampoco está asegurado que el propietario acceda a alquilar legalmente transcurrido este año", apunta el abogado.