SENTENCIA | POR OBSTACULIZAR LA COMPETENCIA EN LA FUNERARIA

El Supremo condena a Cort a pagar una multa de 500.000 euros

El Tribunal Supremo ha tumbado el recurso interpuesto por Cort contra una sentencia que condenaba al consistorio palmesano a pagar 500.000 euros por haber “obstaculizado la competencia real o potencial” en el ámbito funerario. El Tribunal de Defensa de la Competencia inició el caso para aclarar si los servicios de este tipo, prestados  por la Empresa Funeraria Munipal (EFM), vulneraban -o no- el derecho de competencia y tras concluir que así era, condenó a dicha empresa, y al ayuntamiento palmesano como corresponsable, al pago de medio millón de euros. Cort no estuvo de acuerdo con la decisión y decidió presentar recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional que también falló en contra de los intereses del consistorio. En última instancia se elevó un nuevo recurso, esta vez ante el Tribunal Supremo y, una vez más, la justicia ha tirado por los suelos las alegaciones presentadas por el ayuntamiento y ha confirmado que este deberá pagar la citada cantidad de medio millón de euros.

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