Tras la destitución de Mateu Malondra el conseller de Cultura no ha encontrado a nadie que quiera ponerse al frente de 'sa repartidora' de dinero público por lo arriesgado que puede ser. Para solventar el asunto, el Govern ha creado la figura del director adjunto, destinado a apoyar al 'director de paja' que haya sido nombrado para asumir la Dirección. Éste sólo puede salir de entre los miembros del Consejo de Dirección.
El Govern no tiene por el momento intención de nombrar a un nuevo director del Instituti de Estudios Baleáricos. Quizá, por no encontrar al sustituto idóneo o porque no hay nadie que quiera entrar a dirigir un ente instrumental del sector público que es conocido como 'sa repartidora', por la cantidad de dinero que destina a actividades educativas y culturales sin ningún tipo de control ni fiscalización. Es una ventanilla para repartir dinero entre amigos, afines y simpatizantes de los partidos que gobiernan; sólo en algunos casos, se conceden subvenciones por los méritos del proyecto presentado con independencia de quién sea el autor.
El 21 de enero el conseller de Fondos Europeos, Universidad y Cultura destituyó, cesó a Mateu Malondra -que estaba más a sus cosas que a la dirección del IEB- aduciendo que el objetivo era impulsar la delimitación de competencias con el Instituto de Cultura de las Islas Baleares (ICIB) desde "el diálogo con el sector"..Desde entonces, el cargo de director del IEB ha stado vacante. Y no seguirá estando por mucho tiempo.
El Consejo de Govern aprobó el pasado día 4 la modificación de los órganos de dirección, de administración y de gestión del Instituto con la creación de la figura del director adjunto.
No, no será el sustituto del director, aunque pudiera parecerlo.
Con la modificación de los estatutos se establece que cualquier miembro del Consejo de Dirección puede tener el mismo poder que el director, cuando le sean delegadas o asuma sus funciones. Qué quiere decir: que de entre los meimbros de dicho consejo el conseller puede designar a uno de su confianza o al que más le agrade para que realice el cometido de director; eso sí, sin cobrar un extra económico por ello. Con el mismo sueldo que venía percibiendo habría de responsabilizarse de toda la dirección del IEB.
¿Cuando puede ocurrir esta delegación? Pues cuando esté vacante el puesto, por ausencia de su titular, por enfermedad de éste o por cualquier otro impedimento que le impida llevar a cabo sus funciones. Es entonces, y no antes, cuando el dedo del conseller señalará a la persona del consejo de Dirección que habrá de sentarse en el despacho de mando.
Pero, ¿y si el 'amiguete' del conseller no tiene las capacidades necesarias para coger el timón? En ese caso, el Govern ha dispuesto la creación del director adjunto, que sin ser suplente del director, ayudará y apoyará en todo lo que sea necesario al 'director in pectore', sin derecho a percibir ninguna retribución extra por este concepto. O sea, un 'director de paja' con sueldo de auxiliar o de jefe de departamento. Quién sabe.
Y para que quede meridianamente claro, el Consejo de Govern redactó que: corresponde al director adjunto o directora adjunta apoyar a la persona que haya asumido o tenga delegadas las funciones de dirección del IEB, llevar a cabo las tareas que ésta le encomiende para la consecución de los objetivos generales del IEB, sustituirla en caso de ausencia o incapacidad temporal y asumir las funciones que de acuerdo con la ley le puedan ser delegadas. El director adjunto o directora adjunta tiene derecho (este sí, y no el 'director de paja') a percibir retribución, que será inferior a la prevista para el director o directora.
El nuevo 'director de paja' habrá de cumplir con lo acordado en el Parlament: que todos los estudios y trabajos financiados o subvencionados con dinero público han de ser dados a conocer y puestos a disposición de todo aquel que quiera conocerlos.