Finalmente Manuel Chaves y José Antonio Griñán tienen que comparecer como imputados por el caso de los EREs de Andalucía. Hasta ahora, ambos mandatarios socialistas se habían escapado de la investigación en fase de instrucción. Se daba a entender que el mayor caso de corrupción política de la historia de la democracia en España se había producido -presuntamente aún- sin que los dos presidentes de la Junta lo supieran.
La línea del conocer un hecho es muy fina y eso nos lleva a no entender demasiado los criterios. Esperanza Aguirre asegura que Francisco Granados la engañó y que no sabía nada, de momento la Justicia no la requiere por el caso Operación Púnica. Catalina Cirer no ha sido calificada de responsable por la malversación de fondos públicos que a través de su tarjeta de crédito hizo el hombre fuerte del Ayuntamiento de Palma en sus tiempos de alcaldesa.
Pero incluso ser conocedor de un hecho delictivo tampoco ha supuesto la imputación en algún caso. La Audiencia Provincial de Palma rechazó la primera imputación de la Infanta Cristina con el argumento de que “conocer no es participar”.
En cambio, hay gente en la cárcel de Palma por entender un tribunal que, a pesar de no existir pruebas claras de su participación en un hecho delictivo, “no podía pasársele desapercibido el significado ilícito de lo que sucedía”.
¿Existen distintos criterios? ¿En que se basan los jueces y magistrados para decidir cuando se sabía y cuando no?





