La Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico Artístico de Eivissa (Ciotupha) ha concluido que la planta asfáltica de Ses Planes no requiere de una declaración de interés general, tras su incorporación en el planeamiento municipal, por parte del Ayuntamiento de Santa Eulària, como zona de actividad extractiva.
Según el Consell, es una de las consideraciones emitidas por la Ciotupha en el informe relativo a las alegaciones presentadas por la "Asociación de Afectados por la Cantera de ses Planes" ante la posible instalación en la cantera de Ses Planes de una planta de asfalto y hormigón.
Según han explicado desde la institución insular, en las alegaciones, la Asociación ha considerado que cualquier autorización de una nueva industria en la cantera "debe cumplir estrictamente con el Plan Territorial Insular y, por lo tanto, debe contar con la necesaria declaración de interés general" al exigirlo el PTI, según la entidad.
Según el informe de la Ciotupha, ha sido la Ley 10/2014 de ordenación minera de Baleares la que incluye expresamente entre los establecimientos de beneficio propios de la actividad extractiva a las plantas de fabricación de hormigón preparado y de aglomerado asfáltico.
La misma Ley, según han indicado, prevé como límite que estas instalaciones se ubiquen dentro de la superficie incluida en la autorización de explotación minera y, al respecto, la Ley 10/2014 establece en su artículo 33 la obligatoriedad para su planeamiento municipal de incorporar, en el ámbito del suelo delimitado en la autorización minera, la calificación que sólo admite el uso extractivo.
En el caso de Ses Planes, el Consell ha explicado que en los planos de clasificación del suelo la cantera aparece con la calificación de uso extractivo.
La Ciotupha ha concluido, con carácter general y sin analizar el procedimiento concreto que se esté tramitando ante el Ayuntamiento de Santa Eulària que, en virtud de la regulación contenida en la Ley balear 10/2014 de ordenación minera, ya no resulta necesario tramitar la declaración de interés general a la que se refiere la Norma 12.4b) del PTI de Ibiza.