Ley de ¿Seguridad? Ciudadana

Una de las siete acepciones con las que cuenta la palabra crisis en el diccionario de la Real Academia Española es la siguiente: “situación de un asunto o proceso cuando está en duda la continuación, modificación o cese” y, a mi modo de ver, no existe una mejor manera de describir la situación en la que nos encontramos. No creo que nadie dude de que se hacía necesario ralentizar ese frenesí en el que nos encontrábamos hasta que comenzó la crisis, dónde la gente pedía hipotecas puente para comprar una vivienda aun sin haber acabado de pagar la primera, confiando en que la burbuja continuaría hinchándose y ellos ganarían dinero para seguir especulando. De hecho, en España llegó un momento en el que el prudente, el que no compraba casas o invertía en Fórum Filatélico, parecía el más tonto. Algo parecido sucedió en la política. Nuestros honorables representantes decidieron que los presupuestos aprobados anualmente no debían constituir un límite para su megalomanía y todos ellos debían ser recordados por su obra pública y pagada con el dinero de todos. ¿Cuál ha sido el resultado? Administraciones endeudadas, cuando no literalmente quebradas, y la necesidad imperiosa de sacar dinero de debajo de las piedras. En estas que llegó un nuevo gobierno con un programa electoral basado en la reestructuración financiera, la reducción del aparato administrativo, la eliminación de duplicidades y que, en general, iba a arreglar la desastrosa herencia económica del gobierno de ZP. Cuando una economía va mal existen esencialmente dos posibilidades para enderezarla: reducir los gastos y/o aumentar los ingresos. No cabe duda de que el Partido Popular hizo bandera de la primera de las opciones, pero cuando llegaron al gobierno se dieron cuenta de que era mucho más fácil vender deuda a los mercados –para seguir endeudándonos-, incrementar los impuestos o financiarse de las sanciones administrativas impuestas a los ciudadanos. En efecto, eso de reducirse el sueldo, quitarse los coches oficial, pensiones vitalicias, dietas por residir en sus domicilios, viajar en turista, asesores, cargos de libre designación, diputaciones provinciales, ayuntamientos, subvenciones a partidos políticos, sindicatos, asociaciones, ayudas a su menú en el congreso de los diputados y mil cosas más no va con ellos. Mejor que pague el ciudadano porque, total, no puede hacer nada aparte de protestar y si no paga, el estado le embarga. Al hilo de la finalidad recaudatoria que a mi juicio demuestra el estado en muchas de sus acciones, recientemente se ha aprobado el anteproyecto de la Ley de Seguridad Ciudadana que tanto ha dado que hablar. Desde aquí, recomiendo encarecidamente a todo el mundo que lea la norma porque, como sabréis, su desconocimiento no exime de su cumplimiento. Por hacer un breve análisis de sus apartados, a continuación expondré algunos ejemplos de nuevas situaciones reguladas en esta Ley: -          “El consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana”, de 1.000 a 30.000 euros de multa. -          “Las ofensas o ultrajes a España, a las Comunidades Autónomas y Entidades Locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio, cuando no sean constitutivos de delito”, de 1000 a 30.000 euros. -          Perder tres veces el DNI en 5 años, de 100 a 1000 euros. -          Colocar en la vía pública una pérgola, tienda de campaña, de 100 a 1000 euros. Aunque también regule aspectos positivos, como el de cortar de raíz esa inexplicable y peligrosísima moda de acudir a lugares cercanos a los aeropuertos para deslumbrar a los pilotos: -          “La proyección de dispositivos luminosos sobre medios de transporte que puedan provocar accidentes” Multa de 30.000 a 600.000 euros. Por otra parte, el gobierno ha aprovechado por cortar de raíz las protestas celebradas en los alrededores de las sedes de la soberanía popular, salvo que estén previamente autorizadas: -          “La perturbación de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones frente a las sedes del Congreso de los diputados, el Senado y las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, aunque no estuvieran reunidos, celebradas con inobservancia de los requisitos previstos en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio” Multa de 1.000 a 30.000 euros. Y, en todo caso, hay aspectos que sí resultan muy problemáticos, como el siguiente: -          “Las manifestaciones públicas efectuadas a través de cualquier medio de difusión cuya finalidad sean las injurias o calumnias a las instituciones públicas, autoridades, agentes de la autoridad o empleados públicos cuando no constituyan delito, así como la falta de respeto y de la consideración debida a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones” de 100 a 1000 euros. ¿Cómo casa el anterior apartado con la libertad de expresión y con el derecho a la “crítica feroz o desabrida” permitida por la doctrina del Tribunal Constitucional? ¿Cómo encaja eso con el derecho a la sátira? ¿Pretenden acaso los políticos que no se les critique? Y en cuanto a las ofensas a las entidades locales, ¿serán los chistes de Lepe objeto de multa si un Lepero se ofende y me denuncia? ¿Ausentarse de las votaciones del Congreso o entidad local correspondiente será una ofensa a la institución? ¿Si un diputado no formula una sola iniciativa en los 4 años de legislatura habrá ultrajado u ofendido a la institución y deberá ser multado con 30.000 euros?. De momento, según ha publicado la prensa, el comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, Nils Muiznieks, ya ha manifestado que se trata de una norma “altamente problemática”,  que no sabe hasta qué punto son necesarias esas restricciones en una sociedad democrática y manifiesta sus dudas sobre la claridad de la redacción y su interpretación judicial. En todo caso, por si las moscas, que me disculpen los Leperos. Era solo un ejemplo.

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