El concejal de Urbanismo y Actividades del Ayuntamiento de Sant Antoni, Juanjo Ferrer, acompañado por el primer teniente de alcalde, Pablo Valdés, y la tercera teniente de alcalde, Aída Alcaraz, ha presentado hoy la nueva ordenanza municipal de ocupación de la vía pública que se someterá a la aprobación del pleno en el mes de enero.
Esta ordenanza regula la ocupación de la vía pública con la voluntad de ordenar y planificar el espacio urbano de forma que esta ocupación se realice con la menor interferencia de los intereses generales de los ciudadanos, los cuales siempre prevalecerán sobre los particulares.
La nueva norma especifica que el Consistorio podrá reducir el plazo de las licencias cuando haya antecedentes negativos por molestias y que tanto la Policía Local como los técnicos municipales podrán ordenar la retirada o modificación de la situación de los elementos que ocupen la vía pública en cualquier momento y de forma inmediata, cuando se den circunstancias que afecten a la seguridad de las personas o dificulten el libre tránsito de los peatones o el tráfico rodado.
En los casos en que la ocupación de la vía pública no esté amparada por ninguna licencia se considerarán responsables las personas que hayan intervenido o se hayan beneficiado y/o las personas promotoras de la actividad. Las licencias otorgadas podrán ser revocadas en diferentes supuestos como, por ejemplo, la extralimitación o incumplimiento reiterado de las condiciones; la producción de molestias a terceros acreditadas por Policía o técnicos; el desacato a los agentes de la autoridad o el hecho de propiciar la comisión de actividades ilegales.
El horario general autorizado en las terrazas y ocupaciones de establecimientos será de 8 a 23 horas. Por resolución del órgano municipal competente podrá ser ampliado excepcionalmente en zonas de uso turístico, así como restringido para evitar molestias a los vecinos o en zonas de especial incidencia en el medio ambiente. La restricción podrá afectar a una zona concreta o únicamente a los locales donde se produzcan molestias a los vecinos, previo informe de la Policía Local. El incumplimiento del horario autorizado podrá ser causa de revocación de la licencia.
Algunas de las novedades incorporadas a la nueva ordenanza son la no autorización de tarimas, superficies niveladoras ni otros elementos fijos. Tampoco serán autorizables las mesas y sillas de plástico inyectado, excepto en zonas de playa.
En cuanto a los rótulos y carteles, su número será limitado siendo el criterio general el de un máximo de dos por zona de ocupación. Su diseño será preferentemente rectangular de unas medidas máximas de 0,80 m. de ancho por 1,20 m. de altura. Asimismo, la normativa contempla la prohibición de ocupación de la vía con televisiones, altavoces, aparatos musicales o cualquier otro medio audiovisual.
En materia de sanciones, las infracciones leves supondrán multas de 200 hasta 750 euros; las graves, de 750,01 hasta 1.500 euros y las muy graves, de 1.500,01 hasta 3.000 euros. En el supuesto de faltas graves, además de las multas, se podrá imponer la suspensión de la licencia hasta dos meses. Cuando haya faltas muy graves se podrán aplicar sanciones complementarias como la suspensión de la licencia hasta tres meses, la revocación de la licencia y la inhabilitación para obtener otra licencia durante el plazo de un año.
La entrada en vigor de esta ordenanza supondrá la extinción de todas las licencias de ocupación de la vía pública otorgadas con anterioridad.