La sentencia estima el recurso presentado por más de 50 diputados de los grupos Socialista, Sumar y Mixto del Congreso y concluye que no concurría el requisito de “extraordinaria y urgente necesidad” que exige la Constitución para aprobar un decreto-ley.
El fallo rechaza que el Govern pudiera ampararse en la corrección de un error para alterar el resultado de una votación. “Aceptar la tesis contraria equivaldría prácticamente a desnaturalizar” esta herramienta legislativa, advierte, al convertirla en un mecanismo del Ejecutivo para rectificar decisiones del Parlament.
El origen del conflicto se remonta a finales de 2024, cuando un error del PP en la votación de enmiendas de Vox en materia lingüística alteró el resultado parlamentario. El Govern impulsó entonces un decreto corrector, con el apoyo de la izquierda, en un contexto marcado también por el intento de Vox de derogar la ley de memoria democrática.
Sin embargo, el Constitucional deja claro que, de haberse producido un error, correspondía a la Cámara autonómica resolverlo mediante sus propios procedimientos, como la tramitación urgente o la lectura única. El Ejecutivo, subraya, “carece de potestad” para decidir unilateralmente si una ley refleja o no la voluntad del Parlament apenas dos días después de su aprobación.
El tribunal también desmonta el argumento de la seguridad jurídica esgrimido por el Govern. A su juicio, las disposiciones vigentes eran “ciertas y previsibles” y el hecho de que afectaran a muchos ciudadanos no justifica por sí mismo la intervención urgente del Ejecutivo.
Aunque los preceptos impugnados ya habían sido derogados y sustituidos por otra norma —también recurrida y pendiente de sentencia—, el Constitucional centra su análisis en los límites formales del decreto-ley. Y concluye que el Govern forzó ese instrumento para corregir un desacuerdo político, no una situación de urgencia real.
La resolución cuenta con un voto particular concurrente del magistrado Enrique Arnaldo y otro discrepante de José María Macías.








