El Tribunal Superior de Justícia de Balears ha condenado al Servei de Salut de Balears (Ib-Salut) y a una compañía de seguros a indemnizar con 80.000 euros a un paciente que perdió visión en los dos ojos por el retraso en diagnosticarle un doble desprendimiento de retina. La sala Contencioso-Administrativa del TSJIB ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por el afectado contra una sentencia previa que ordenó que fuera indemnizado con 40.000 euros por pérdida de oportunidad en relación con la visión en un ojo, y ha duplicado la indemnización porque considera que esa falta de oportunidad afectó también al otro ojo.
El afectado es un hombre con una discapacidad reconocida del cien por cien, con retraso mental grave, parálisis parcial de un lado del cuerpo y alteraciones de visión por daño del córtex cerebral visual por una meningoencefalitis que sufrió cuando era niño. El hermano y tutor del afectado lo llevó al médico de cabecera en diciembre de 2004 porque no veía bien y el oftalmólogo le diagnosticó una catarata incipiente. Dos años después volvió a manifestar su preocupación ante el médico de cabecera porque había aumentado el déficit visual de su hermano y en el informe de la visita consta que explicó que se dejaba la comida del lado izquierdo del plato y tropezaba con la gente que pasaba por ese lado.
Reiteró a su médico esta preocupación al mes siguiente, en enero de 2007 y detalló que al empeoramiento de la visión se sumaban ideas delirantes. Fue derivado a un neurólogo por sospecha de empeoramiento de la lesión del córtex visual. Ante una nueva insistencia fueron derivados a urgencias donde le realizaron un TAC que no mostró ninguna patología. En febrero de 2007 el neurólogo recomendó una consulta de oftalmología. El 23 de febrero de 2007 le fue diagnosticado un desprendimiento de retina en los dos ojos, que en el caso del derecho era total, antiguo e inoperable. Fue operado del ojo izquierdo el 7 de marzo.
Por su retraso mental, no es posible evaluar su agudeza visual actual. El Ib-Salut desestimó en septiembre de 2009 la reclamación presentada por el hermano del paciente por entender que los problemas derivan de la enfermedad que sufrió en la infancia y no de la asistencia prestada.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palma estimó el recurso y condenó al servicio público sanitario y la aseguradora a indemnizarles con 40.000 euros. La jueza consideró, basándose en informes médicos y forenses, que la falta de pruebas diagnósticas determinó un retraso en el diagnóstico de la patología, lo que unido a un retraso no explicado de la intervención quirúrgica, implica pérdida de oportunidad para el paciente. Cree que si le hubieran hecho las pruebas "hubiera tenido más oportunidades" y expectativas de curación. La magistrada reconoció dicha pérdida de oportunidad solo para la disminución de la visión del ojo izquierdo, ya que consideró que en el caso del derecho, si tuviera su origen en la prestación sanitaria de 2004, habría prescrito. El hermano del afectado recurrió por entender que el perjuicio causado en el ojo derecho no ha prescrito y por error en la aplicación de la pérdida de oportunidad y en la valoración.
La sala Contencioso-Administrativa del TSJIB ha aceptado parcialmente el recurso ya que considera que se debe contemplar indemnización por pérdida de oportunidad que afecta a los dos ojos. El tribunal destaca en la sentencia que está equivocado o bien el primer informe de oftalmología de diciembre de 2004 que diagnosticó catarata incipiente, o el de febrero de 2007 que detectó el desprendimiento de retina bilateral, y sea cual sea el erróneo no puede aplicarse la prescripción y el afectado debe ser indemnizado con 80.000 euros, 40.000 por cada ojo








Un comentario
tengo una situación parecida por mala praxis y negligencias , fuy el dia 11 de este mes a urgencias por pérdida de visión considerable del ojo derecho centro hacia arriba y 1 poco del lateral izquierdo del ojo izquierdo , triaje me colocaron en el nivel 4 en lugar del nivel 1 o 2 por la posibilidad de que fuera desprendimiento de retina o presion ocular , 6 horas esperando a ser atendido más otras 2 horas mas por dilatarse los ojo y esperar que me volvieran a llamar , me hicieron la prueba de presión ocular y arrijo valores de 12mg en cada ojo , pero mis ojos estaban sufriendo daños de perdida de vision , el jueves día 15 volví a ir a urgencias por empeiramiento de la vision ya que vi que la perdida se estaba haciendo mayor , hicieron una prueba de campo de vision y vieron de nuevo que estaba perdiendo vista , a todo esto no me diagnostican presion alta y posible causa glaucoma , les comenté el día 11 que mi padre tenía glaucoma y podría averlo heredado , a todo esto no me disgnostican ni glaucoma ni nada , me dan cita con el experto oftamologo el dia 26 de mayo 11 días después, el ve que tengo presion ocular muy elevada con claros síntomas de glaucoma y perdida de vision considerable , a todo esto el refiere qye no entiende como en las 2 visitas anteriores no me detectaron glaucoma ni la presion alta viendo que estaba perdiendo vision , el caso es que solo hay informes del dia 11 y 26 el del dia 15 a desaparecido misteriosamente , no pe saled en el historial del ibsalud para descargarlo , voy a llevar mi caso a los tribunales , estoy convencido que desde el minuto 1 que entre en urgencia no se me atendio como era debido por mi gravedad , concurriendo en negligencias y mala praxis , desde el dia 11 asta el 26 sin medicación perdiendo vista considerablemente cada día por no diagnosticar mi glaucoma de angulo abierto hereditario