SUCESOS Y TRIBUNALES

La Fiscalía archiva la investigación contra Julio Iglesias

El Ministerio Público ha dictado un decreto de archivo por “falta de jurisdicción de los tribunales españoles” y, en consecuencia, de la propia Fiscalía para llevar a cabo una investigación preprocesal sobre los hechos denunciados. La resolución, hecha pública este viernes y firmada por la teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Marta Durántez, precisa que el archivo no produce efectos de cosa juzgada, por lo que los denunciantes podrían reproducir su denuncia ante los órganos judiciales competentes.

No obstante, esta posibilidad tiene un recorrido limitado, ya que la propia Fiscalía considera que España no es competente para analizar unos hechos que habrían ocurrido en las mansiones del artista en República Dominicana y Bahamas, y que fueron denunciados por antiguas empleadas del cantante.

La denuncia fue presentada el pasado 5 de enero e incluía presuntos delitos de trata de seres humanos con fines de trabajo forzado y servidumbre, además de acoso y agresión sexual. Tras su admisión inicial, la fiscal investigadora otorgó el pasado 16 de enero la condición de testigos protegidos a las mujeres denunciantes, decisión que completó este lunes con la incorporación a una pieza separada de toda la documentación que pudiera permitir su identificación directa o indirecta.

Ese mismo día se recibió el primer escrito de la defensa de Julio Iglesias, representado por el abogado José Antonio Choclán. Sin embargo, la Fiscalía rechazó tenerlo por personado al considerar que la cuestión que se estaba analizando era estrictamente procesal —la competencia jurisdiccional— y no el fondo del asunto.

En su decreto, Durántez subraya que ni Julio Iglesias ni el resto de personas denunciadas, incluidas las responsables del servicio en sus residencias, residen en España ni mantienen en el país su centro de vida, intereses o actividad, con independencia de que el cantante posea propiedades inmobiliarias en territorio español. Respecto a las denunciantes, la resolución señala que tampoco residen en España, ni viajaron con el artista a este país, ni mantienen vínculo personal o territorial alguno con él.

La Fiscalía también tiene en cuenta que no consta que las autoridades de los países donde se habrían cometido los hechos hayan renunciado a ejercer su jurisdicción ni que se encuentren imposibilitadas para hacerlo.

El decreto alude asimismo a la reforma de 2014 del principio de justicia universal, aprobada durante el Gobierno de Mariano Rajoy, que introdujo una interpretación más restrictiva de esta figura. En este sentido, recuerda la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que limita la jurisdicción universal por el principio de subsidiariedad y la necesidad de que existan conexiones relevantes con España para evitar interferencias con otros Estados.

Como respaldo, la Fiscalía cita una sentencia de 2016, con ponencia del entonces presidente de la Sala de lo Penal Manuel Marchena, que establecía los límites de la expansión extraterritorial de la jurisdicción española y recordaba que no corresponde a España investigar hechos cometidos fuera de sus fronteras cuando otro Estado tiene una competencia clara y efectiva.

En línea con estos criterios, la Audiencia Nacional viene resolviendo de forma reiterada que España no es competente para investigar delitos cometidos en el extranjero cuando no concurren vínculos relevantes con el país, circunstancia que, según la Fiscalía, se da plenamente en este caso.

Ramón Gómez

Inicié la carrera de Periodismo en la Universidad de Valladolid y me gradué en el Centro de Enseñanza Superior Alberta Giménez (CESAG). Pasé por Canal4 (actual Fibwi) y OkDiario, y desde junio de 2024 soy redactor en mallorcadiario.com. Cubro la información municipal de Palma, así como temas de política, turismo y sanidad. Además, presento y dirijo el programa de radio 'Titoieta Esports' (107.7 FM), dedicado a la actualidad deportiva de Algaida.

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