Unos 20 aspirantes pueden ser expulsados

Amenaza de recursos contra el curso para Policía Local de la EBAP

Sede en Palma de la Escola Balear d'Administracions Públiques (EBAP)

20 aspirantes al curso de capacitación para la Policia Local (39º promoción) que realiza el EBAP serán expulsados del proceso de selección, que se está realizando estas semanas y una vez finalizadas todas las pruebas (conocimientos, físicas, psicotécnicos y examen médico).

El motivo será no reunir uno de los requisitos que se solicitaron a posteriori de sacarse las bases (el permiso de la clase A), y mucha gente se presentó al proceso con el permiso A2, como en la anterior convocatoria. Esta modificación de las bases se hizo por parte del EBAP para estar de acuerdo con el artículo 188.g del Decreto 28/2015, de 30 de mayo, Reglamento Marco de coordinación de las Policias Locales (un Decreto del PP antes de las elecciones y que tiene una mala redacción en dos de sus artículos: 188.g y 162.g).

El problema realmente no es la actuación de la EBAP en sí, sino la redacción del artículo, que contradice la ley y por tanto es nulo de pleno derecho. En el anterior proceso de la EBAP (38º promoción en 2013) este requisito se pidió correctamente, ya que en 2009 el Reglamento General de Conductores (Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo) adaptó los permisos de conducir a la normativa Europea de 2006, introduciendo un nuevo permiso, el A2 que vendría a substituir el anterior permiso de conducir de la clase A (puesto que ambos se podían sacar con 18 años y permitían conducir motos hasta 25KW -el A- y motos hasta 35kW -el A2-). También cambiaba de contenido el permiso de clase A (para conducir motos superiores a 35KW) que lo retrasaba hasta los 20 años y siempre y cuando se acreditara una experiencia de conducir con el carnet A2. El anterior permiso A permitía conducir motos superiores a 25KW una vez transcurridos dos años, sin necesidad de un nuevo examen.

Las bases publicadas en el BOIB 118 (17 de septiembre) para el 39º curso de capacitación de Policia Local incluía la misma redacción de las bases de la 38º promoción de 2013, pero al detectar el error, con la redacción de la nueva ley, la EBAP lo corrigió para cumplir la ley, pero ello será injusto para todos aquellos aspirantes que tengan el A2 y superen las pruebas y queden entre los 48 primeros, no podrán realizar el curso.

Fuentes que defienden a los afectados aseguran que "de esta manera se discrimina: 1) A todos los aspirantes entre 18 y 20 años (puesto que el permiso A solo se puede obtener a partir de los 20 años). 2) A todos los aspirantes que con más de 20 años, tengan el permiso A2 recientemente y no haya transcurrido el plazo de los dos años. 3) A las mujeres, puesto que estadísticamente, no hay muchas mujeres que tengan el permiso A (con la normativa actual) puesto que con el A2 puedes conducir motos de hasta 35kW y el A es para motos superiores (mayor peso y mayor potencia). De hecho, en el actual proceso, tan sólo quedan 6 mujeres de las cuales sólo una tiene el permiso A, pero las otras 5 mujeres, de quedar entre los 48 primeros aspirantes, quedarían excluidas por tener el permiso A2. Por tanto, estos artículos (188.g y 162.g) del Decreto 28/2015, de 30 de abril están mal redactado y deberían modificarse, pues de no hacerlo, conllevará a la interposición de numerosos Contenciosos Administrativos, por parte de los aspirantes excluidos y donde el juez, si así lo aprecia (discriminación por razón de edad, de sexo y/o tratarse de una arbitrariedad de los poderes públicos y que se contradice con normas superiores) podría anular todo el proceso de selección, y retrotraer todas las actuaciones y que se tengan que volver a repetir todas las pruebas".

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