Un local de ocio nocturno de Sant Antoni deberá pagar 22.000 euros por contaminación acústica, según la resolución dictada por el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Palma. El Ayuntamiento de Sant Antoni ha explicado en una nota que el juzgado ha desestimado el recurso interpuesto por los propietarios del negocio, que consideraban que la prueba de sonometría realizada no era válida y, por tanto, "se había producido una desviación procesal".
La sanción fue interpuesta por el consistorio en septiembre de 2013, pero al ser admitido a trámite el recurso del establecimiento, se paralizó el expediente administrativo.
En 2016, el Ayuntamiento ordenó reactivar las diligencias porque el expediente estaba a punto de caducar y el pasado mes de noviembre se celebró la vista.
Ahora, el titular del juzgado contencioso-administrativo número 2 de Palma ha desestimado el recurso del demandante al entender que la prueba de ruido realizada es válida y que la sanción interpuesta por el Consistorio no es desproporcionada.
Además, obliga a la empresa a asumir los costes judiciales.







