La Sala de lo contencioso administrativo de nuestro TSJ avaló ayer la petición del Govern de prorrogar la limitación de derechos fundamentales de los ciudadanos más allá de mañana sábado, cuando finaliza el estado de alarma decretado por el gobierno y cuya prórroga había sido autorizada por el Congreso hasta el 8 de mayo, tal y como exige el artículo 116 de la Constitución.
Sánchez no ha querido evidenciar la pérdida de la mayoría parlamentaria que le invistió y que luego le aprobó los presupuestos y, por supuesto, su sectarismo le impide siquiera plantear un acercamiento a la oposición para lograr un pacto. En un gesto más de su absoluta irresponsabilidad y en prueba de su escaso apego a la ley, renunció a una nueva prórroga, dejando inermes a las comunidades autónomas y generando un caos jurídico de consideración.
Los derechos fundamentales de los ciudadanos son la esencia misma de la Carta Magna. Sin ellos, cualquier constitución se convierte en una mera norma orgánica de la estructura del Estado y poco más.
Por ese motivo, todas las constituciones democráticas establecen mecanismos muy reforzados para su desarrollo legal -que no puede vaciar esos derechos y libertades de su contenido esencial-, para su defensa -en España, mediante el recurso de amparo y otros mecanismos-, y para proteger su integridad de los vaivenes del ejecutivo y el legislativo.
Por ese motivo, el artículo 55 de la Constitución española de 1978 señala que determinados derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos solo pueden ser suspendidos "cuando se acuerde la declaración del estado de excepción o sitio". Ni siquiera el estado de alarma resulta suficiente, pues, para limitar o suspender -aunque sea parcialmente- los derechos a la libertad -artículo 17-, a la libre circulación -artículo 20-, de reunión pacífica y sin armas -artículo 21- y algunos otros como los de expresión, información, huelga, secreto de las comunicaciones, etc.
En definitiva, llevamos un año y medio viviendo con limitaciones a esos derechos y libertades -más o menos justificadas desde el punto de vista sanitario, que esa es otra cuestión- sin el paraguas legal que prevé la Constitución. No hay atajos, no hay segundas lecturas, no hay interlineados o puertas traseras, nuestra norma fundamental es, en este caso, cristalina.
El estado de alarma no puede suponer suspensión de derechos fundamentales porque su finalidad es la de unificar el mando en situaciones de calamidad con el fin de coordinar administraciones y poderes del Estado, no actuar sobre aquéllos.
Son únicamente los estados de excepción y sitio los que autorizan tal suspensión, como hemos visto. Sin embargo, la Ley Orgánica que regula los tres estados amplió, en 1981, las facultades meramente logísticas y organizativas previstas para el estado de alarma, forzando el texto constitucional y permitiendo limitaciones a la libre circulación e intervención sobre la actividad de las empresas.
Y, al socaire del estado de alarma aun vigente, se ha limitado también, a mi juicio sin amparo constitucional alguno, el derecho de reunión.
Pues bien, a partir del domingo, ni siquiera esta interpretación extensiva y autoritaria del estado de alarma va amparar las limitaciones de derechos fundamentales que plantea el Govern para paliar su inoperancia en el ritmo de vacunación de la población.
Ignoro, porque a esta hora aun no se ha hecho público, el contenido del Auto de la Sala -aprobado por la mínima mayoría, con dos votos discrepantes, y la oposición de la Fiscalía de Balears-, pero sí sé lo que proclama la Constitución. El espectáculo que se está produciendo por las divergencias entre las distintas autoridades autonómicas y los pareceres de los diferentes Tribunales resulta indecente. El Estado, con su dejación, está incumpliendo también el propio artículo 149.1.1ª de la Carta Magna, que le atribuye la competencia exclusiva para garantizar la igualdad de los españoles en el ejercicio de sus derechos fundamentales.
Sánchez, el mentiroso, impostor y megalómano, renuncia a gobernarnos y a asumir el coste de dirigir la política en una situación de calamidad. Con ello, nos sume, una vez más, en el caos de su patética gestión de la crisis sanitaria.
El gobierno permite que las comunidades asalten ad libitum nuestros derechos fundamentales y deja a los baleares sin Constitución hasta el próximo 23 de mayo.





