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El TSJIB califica de 'temeraria' la concesión del Náutico de Ibiza y obliga a Autoritat Portuària a repertirla
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El TSJIB califica de "temeraria" la concesión del Náutico de Ibiza y obliga a Autoritat Portuària a repertirla

domingo 24 de mayo de 2020, 11:57h

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El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha anulado el procedimiento para la concesión de la gestión del Club Náutico de Ibiza y lo ha hecho mediante una sentencia de 15 de mayo dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en la que condena a Autoridad Portuaria de Baleares en costas: “Procede la expresa imposición de costas procesales a la parte demandada”, explica la sentencia, “al haber sostenido la acción con temeridad”.

Y es que el Tribunal recuerda que ya se advirtió en 2018 a Autoridad Portuaria de que el procedimiento para la concesión de la gestión “se había iniciado con acuerdo inválido al no respetar los principios de publicidad, transparencia y libre concurrencia”, en una sentencia a la que ha tenido acceso mallorcadiario.com.

Autoridad Portuaria debería haber reiniciado el procedimiento con los criterios corregidos pero no lo hizo y mantuvo, por tanto, el mismo vicio. El Tribunal aprecia por ello “temeridad en la actuación procesal de la Autoridad Portuaria de Baleares que prefirió insistir en la defensa del acto impugnado, pese a las claras y reiteradas advertencias de ilegalidad expresadas por esta Sala”.

Una sentencia que devuelve al punto de partida todo el proceso para conceder la licencia de gestión.

El Club Náutico de Ibiza cuenta con 300 amarres, de los que 270 son para socios y el resto para embarcaciones visitantes.

CONCESIÓN ACABADA EN 2010

La concesión para su explotación se firmó por un periodo de 90 años y finalizó en 2010, lo que obligó a Autoridad Portuaria de Baleares a abrir un proceso que debe finalizar con una nueva concesión.

Y el procesó comenzó, pero los problemas no tardaron en llegar cuando el Club Náutico 12 Millas interpuso demanda a través de la letrada María José Valera López (del bufete Jiménez de Cisneros Abogados) por un supuesto favoritismo de Autoridad Portuaria hacia uno de los clubes participantes.

MEDIDAS CAUTELARES

Así, y tras estudiar el caso, el Tribunal Superior de Justicia de Baleares emitió un auto el 11 de septiembre de 2018 en el que se adoptaron medidas cautelares al existir indicios de irregularidades en ese proceso.

El auto suspendió la adjudicación y advertía a Autoridad Portuaria de acatar las medidas cautelares impuestas al considerar el procedimiento de “viciado”.

Sin embargo, y según ha fallado ahora el Tribunal, Autoridad Portuaria no hizo caso de las advertencias y mantuvo su postura, lo que ha obligado al alto Tribunal de nuestra Comunidad a actuar para anular su decisión y condenar al organismo a pagar todos los gastos asociados con el proceso.

Una decisión contra la que cabe recurrir ante el Tribunal Supremo, una vía en la que tan solo un 1 por ciento de los recursos presentados ante la sala de lo Contencioso Administrativo, son aceptados.

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