Los servicios técnicos del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany han concluido el informe relativo a las infracciones urbanísticas detectadas en la vivienda situada en el número 2 de la calle General Gotarredona, conocida como el "chalet patera".
Así, el departamento de Urbanismo y Actividades incoará expediente para la adopción de medidas de restablecimiento de la legalidad en este inmueble y la reposición de la realidad física alterada, puesto que las obras detectadas son "incompatibles con la ordenación urbanística". El propietario podría enfrentarse a una multa de un millón de euros.
La adopción de estas medidas supondrá la demolición y desinstalación de todos los elementos o edificaciones levantados sin autorización y fuera de ordenación, así como el establecimiento de prohibiciones de uso y la imposición de una sanción económica que podría superar el millón de euros, ya que esta es la cuantía en la que se han valorado los diferentes actos edificatorios llevados a cabo sin la licencia preceptiva.
El informe elaborado por el Consistorio se ha remitido a la dirección general de Arquitectura y Vivienda del Govern balear, al Consell o a la Agencia Española de Protección de Datos, entre otros, por si los hechos reflejados en este documento fueran constitutivos de infracciones o delitos de su competencia. Paralelamente, el Ayuntamiento remitirá también este informe, y los expedientes con él relacionados, a la Fiscalía para que ésta determine si se han producido ilegalidades que excedan el ámbito administrativo.
El informe, según el Consistorio, deja constancia de que el propietario no permitió el paso a todas las estancias por encontrarse algunas de ellas ocupadas. Aun así, los técnicos concluyeron que se había llevado a cabo una división y redistribución de las estancias para crear nuevas habitaciones y aseos, así como ampliaciones de la edificación original en planta baja y primera para construir un almacén, salón comedor y otros espacios.
El informe técnico recoge que en el Ayuntamiento constan al menos tres boletines de denuncia vinculados a esta vivienda -2001, 2002 y 2004- por los que se llegó a dictar orden de precinto, al menos en dos ocasiones, sin que la medida se llevara a cabo y sin que continuara la tramitación del expediente.
El informe emitido ahora apunta que "todas estas estancias, en su conjunto, no cumplen las condiciones mínimas de habitabilidad de acuerdo al Decreto 145/1997 por el que se regula las condiciones de dimensionamiento, de higiene y de instalaciones para el diseño y la habitabilidad de viviendas".
Entre otras cosas, se detalla que existen dependencias que no disponen de aberturas para la circulación del aire, que los vestíbulos y pasillos de acceso no tienen el ancho mínimo de un metro, que existen dormitorios que no cumplen con la altura mínima de 2,50 metros y tampoco con la superficie útil mínima y otras actuaciones que incumplen el decreto de habitabilidad y el Código Técnico de la Edificación.
Asimismo, se constata que se han ejecutado sin licencia urbanística la división y redistribución de estancias interiores, ampliaciones en planta baja y planta piso de la edificación original, cambio de uso de almacén a vivienda de 103,75 metros cuadrados y construcción de piscina en el retranqueo.








