Agencia Tributaria

Hacienda puede notificarte en festivo: Claves del plazo de 10 días en Baleares

Las notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria son clave para autónomos y pymes en Baleares, ya que su conteo comienza al acceder. Existen plazos legales exigentes y opciones como días de cortesía para evitar problemas durante temporadas ocupadas.

Para muchos autónomos y pequeñas empresas de Baleares —con jornadas largas, fines de semana de trabajo y periodos fuera de la oficina en plena temporada turística—, una notificación electrónica de la Agencia Tributaria puede llegar en el peor momento: cuando estás atendiendo el negocio, viajando entre islas o, simplemente, desconectado.

Lo importante no es si la notificación cae en sábado, domingo o festivo, sino cuándo se “pone a disposición” en tu buzón electrónico. Desde ahí empieza a correr un contador que no entiende de calendario laboral.

El punto clave: la notificación cuenta cuando accedes… y si no accedes, también

La norma general está en la Ley 39/2015. En notificaciones electrónicas, se consideran practicadas cuando el interesado accede a su contenido. Y, si la notificación es obligatoria o se ha elegido expresamente la vía electrónica, se entiende rechazada cuando pasan 10 días naturales desde que se puso a disposición sin que se acceda.

En la práctica, eso significa dos escenarios:

-Si entras y la abres: a efectos legales, la notificación se entiende hecha en ese momento (fecha y hora de acceso).

-Si no entras: al cumplirse 10 días naturales desde la puesta a disposición, la notificación se considera rechazada y efectuada, y pueden arrancar plazos posteriores (pago, alegaciones, recursos, aportación de documentación, etc.).

La Agencia Tributaria recuerda además que el sistema acredita fecha y hora tanto de la puesta a disposición como del acceso o del rechazo por transcurso del plazo legal.

“¿Y si el décimo día cae en festivo?”: por qué no se desplaza al siguiente hábil

Muchos trámites administrativos sí se benefician de una regla típica: cuando el último día de un plazo es inhábil, se prorroga al primer día hábil siguiente.

Pero aquí está el matiz que provoca confusiones: el plazo de 10 días de rechazo está definido expresamente como días naturales en el artículo 43 de la Ley 39/2015. Y el propio TEAC (Tribunal Económico-Administrativo Central) ha fijado criterio: en este tipo de notificaciones “es indiferente” si el día es hábil o inhábil tanto para acceder como para la fecha final del cómputo de esos diez días.

Traducción útil: si el “día 10” cae en domingo o festivo, no esperes que el sistema lo “mueva” al lunes.

No confíes solo en el aviso: SMS, correo o app no son la notificación

La AEAT permite activar avisos por SMS, correo electrónico y también a través de la APP-AEAT. Pero esos avisos no sustituyen la notificación: sirven para alertar de que hay algo pendiente, nada más.

De hecho, en la suscripción oficial a avisos informativos, la AEAT explica que el mensaje tipo avisa de una notificación dirigida al NIF (mostrando solo algunos dígitos por seguridad) y especifica el remitente de correo para esos avisos.

Recomendación práctica: si recibes un aviso, entra siempre por tu cuenta en la Sede electrónica / DEHú para comprobar qué hay, sin depender de enlaces del mensaje.

Dónde mirar tus notificaciones: “Mis notificaciones” y DEHú

La propia Agencia Tributaria indica el camino: desde el Área personal de su Sede electrónica puedes acceder a “Mis notificaciones”, donde se consultan notificaciones pendientes, leídas, contestadas o rechazadas, y el acceso a la DEHú.

Y un detalle que conviene conocer: en las preguntas frecuentes, la AEAT explica que las notificaciones y comunicaciones estarán disponibles para consulta en DEHú, pero el portal muestra por defecto las realizadas en los últimos 30 días (para anteriores hay que buscar por fecha).

Días de cortesía: 30 al año, 7 días de antelación… y hay que marcar fines de semana

Si en Baleares tienes semanas complicadas (picos de ocupación turística, campañas, ferias, salidas al mar o viajes), la herramienta más útil es pedir días de cortesía.

Según la ayuda oficial de la AEAT:

-Puedes señalar hasta 30 días por año natural en los que la Agencia no podrá poner notificaciones a tu disposición en la DEHú.

-Debes solicitarlos con al menos 7 días naturales de antelación.

-Debes marcar también sábados y domingos si quieres “blindar” periodos completos.

-Si lo gestiona un tercero (gestoría/asesoría), hace falta apoderamiento específico y confirmado.

-Ojo: si una notificación se puso a disposición antes de que empiece tu periodo de cortesía, seguirá contando el plazo de 10 días si no accedes.

Checklist rápido para autónomos y pymes baleares

  1. Activa avisos (SMS/correo y app) y guarda el justificante del alta.

  2. En tu rutina semanal, fija un día/hora para revisar Mis notificaciones / DEHú (aunque no tengas avisos).

  3. Si dependes de una gestoría, valora apoderamiento y protocolos: quién abre, quién responde y en qué plazo.

  4. Si prevés desconexión (viaje, temporada alta, baja médica), pide días de cortesía con margen y marcando fines de semana.

  5. Cuando abras una notificación, anota fecha/hora y guarda el PDF y el acuse: esos datos son los que cuentan.

Ojo con las estafas: la AEAT ha alertado de correos falsos con PDF

En paralelo, la Agencia Tributaria ha avisado de campañas de phishing que suplantan su identidad e incitan a hacer un ingreso, incluso adjuntando un PDF falso.

Regla de oro: no pagues ni facilites datos desde un correo. Entra tú mismo en la Sede electrónica y verifica desde ahí.

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