Para muchos autónomos y pequeñas empresas de Baleares —con jornadas largas, fines de semana de trabajo y periodos fuera de la oficina en plena temporada turística—, una notificación electrónica de la Agencia Tributaria puede llegar en el peor momento: cuando estás atendiendo el negocio, viajando entre islas o, simplemente, desconectado.
Lo importante no es si la notificación cae en sábado, domingo o festivo, sino cuándo se “pone a disposición” en tu buzón electrónico. Desde ahí empieza a correr un contador que no entiende de calendario laboral.
El punto clave: la notificación cuenta cuando accedes… y si no accedes, también
La norma general está en la Ley 39/2015. En notificaciones electrónicas, se consideran practicadas cuando el interesado accede a su contenido. Y, si la notificación es obligatoria o se ha elegido expresamente la vía electrónica, se entiende rechazada cuando pasan 10 días naturales desde que se puso a disposición sin que se acceda.
En la práctica, eso significa dos escenarios:
-Si entras y la abres: a efectos legales, la notificación se entiende hecha en ese momento (fecha y hora de acceso).
-Si no entras: al cumplirse 10 días naturales desde la puesta a disposición, la notificación se considera rechazada y efectuada, y pueden arrancar plazos posteriores (pago, alegaciones, recursos, aportación de documentación, etc.).
La Agencia Tributaria recuerda además que el sistema acredita fecha y hora tanto de la puesta a disposición como del acceso o del rechazo por transcurso del plazo legal.
“¿Y si el décimo día cae en festivo?”: por qué no se desplaza al siguiente hábil
Muchos trámites administrativos sí se benefician de una regla típica: cuando el último día de un plazo es inhábil, se prorroga al primer día hábil siguiente.
Pero aquí está el matiz que provoca confusiones: el plazo de 10 días de rechazo está definido expresamente como días naturales en el artículo 43 de la Ley 39/2015. Y el propio TEAC (Tribunal Económico-Administrativo Central) ha fijado criterio: en este tipo de notificaciones “es indiferente” si el día es hábil o inhábil tanto para acceder como para la fecha final del cómputo de esos diez días.
Traducción útil: si el “día 10” cae en domingo o festivo, no esperes que el sistema lo “mueva” al lunes.
No confíes solo en el aviso: SMS, correo o app no son la notificación
La AEAT permite activar avisos por SMS, correo electrónico y también a través de la APP-AEAT. Pero esos avisos no sustituyen la notificación: sirven para alertar de que hay algo pendiente, nada más.
De hecho, en la suscripción oficial a avisos informativos, la AEAT explica que el mensaje tipo avisa de una notificación dirigida al NIF (mostrando solo algunos dígitos por seguridad) y especifica el remitente de correo para esos avisos.
Recomendación práctica: si recibes un aviso, entra siempre por tu cuenta en la Sede electrónica / DEHú para comprobar qué hay, sin depender de enlaces del mensaje.
Dónde mirar tus notificaciones: “Mis notificaciones” y DEHú
La propia Agencia Tributaria indica el camino: desde el Área personal de su Sede electrónica puedes acceder a “Mis notificaciones”, donde se consultan notificaciones pendientes, leídas, contestadas o rechazadas, y el acceso a la DEHú.
Y un detalle que conviene conocer: en las preguntas frecuentes, la AEAT explica que las notificaciones y comunicaciones estarán disponibles para consulta en DEHú, pero el portal muestra por defecto las realizadas en los últimos 30 días (para anteriores hay que buscar por fecha).
Días de cortesía: 30 al año, 7 días de antelación… y hay que marcar fines de semana
Si en Baleares tienes semanas complicadas (picos de ocupación turística, campañas, ferias, salidas al mar o viajes), la herramienta más útil es pedir días de cortesía.
Según la ayuda oficial de la AEAT:
-Puedes señalar hasta 30 días por año natural en los que la Agencia no podrá poner notificaciones a tu disposición en la DEHú.
-Debes solicitarlos con al menos 7 días naturales de antelación.
-Debes marcar también sábados y domingos si quieres “blindar” periodos completos.
-Si lo gestiona un tercero (gestoría/asesoría), hace falta apoderamiento específico y confirmado.
-Ojo: si una notificación se puso a disposición antes de que empiece tu periodo de cortesía, seguirá contando el plazo de 10 días si no accedes.
Checklist rápido para autónomos y pymes baleares
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Activa avisos (SMS/correo y app) y guarda el justificante del alta.
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En tu rutina semanal, fija un día/hora para revisar Mis notificaciones / DEHú (aunque no tengas avisos).
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Si dependes de una gestoría, valora apoderamiento y protocolos: quién abre, quién responde y en qué plazo.
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Si prevés desconexión (viaje, temporada alta, baja médica), pide días de cortesía con margen y marcando fines de semana.
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Cuando abras una notificación, anota fecha/hora y guarda el PDF y el acuse: esos datos son los que cuentan.
Ojo con las estafas: la AEAT ha alertado de correos falsos con PDF
En paralelo, la Agencia Tributaria ha avisado de campañas de phishing que suplantan su identidad e incitan a hacer un ingreso, incluso adjuntando un PDF falso.
Regla de oro: no pagues ni facilites datos desde un correo. Entra tú mismo en la Sede electrónica y verifica desde ahí.








