La ley sobre lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales (LGTBI) presentada esta semana en el registro del Parlament por los partidos en el poder es un nuevo intento de imponer una ideologia determinada principalmente por tres puntos: la inversión de la carga de la prueba, el régimen sancionador, y la nuevas obligaciones en materia de
enseñanza.
Existen razones fundamentales para oponerse a una ley que privilegia a un grupo de personas en razón únicamente de cómo viven su sexualidad, y esto es grave, y singularmente histórico, en el sentido de que nunca una determinada interpretación de la satisfacción sexual ha tenido reconocimiento institucional como ahora.
Las razones que hacen de la ley propuesta una norma amenazadora y peligrosa son estas:
1.- La negativa rotunda a desarrollar una ley sobre la discriminación en general, y en su lugar dedicar la protección a un solo grupo muy específico, a pesar de que es precisamente este, el LGTBI, el que ya cuenta con una amplia legislación protectora e importantes apoyos institucionales, sobre todo económicos, por parte de todos los niveles de las administraciones (lo que explica su abundancia de festejos en tiempos de crisis y la proliferación de micro entidades con abundancia de recursos). Una ley general es la mejor defensa contra todos los desprotegidos e impide radicalmente las arbitrariedades y privilegios en los que se incurre al tratar solo a un grupo.
2.- La lucha contra la discriminación es la lucha por el respeto del otro, del diferente a mí: sea inmigrante, de otra etnia, de otra confesión religiosa, de más de 50 años, o del que sufre limitaciones corporales. Este respeto surge de los que nos unen a todos y dan sentido al hecho humano: la dignidad inherente al ser humano, a todos y siempre. No se protege por consiguiente por si se es homosexual, o musulmán o lo que sea, sino porque se es un ser humano. La ley pervierte este enfoque y circunscribe la cuestión no a tal respeto sino a la práctica homosexual y bisexual. Es una aberración. Debemos respetar al musulmán por ser una persona igual a nosotros, pero no porque valoremos de manera especial su religión y los poderes públicos y la escuela se comprometan a difundirla. Esa es otra irracionalidad que comete la ley; y es por esta causa que es una ley apologética y de fomento de la homosexualidad. Respeto de sus derechos no es igual a fomento de su ideología, de su visión.
3.- La inversión de la carga de la prueba, un mecanismo perverso mediante el cual quien denuncia no ha de aportar ni demostrar nada sino que es el denunciado quien debe demostrar su inocencia. El alud de problemas que puede provocar en las empresas, cuando haya de por medio una persona LGTBI, puede ser considerable. Porque este enfoque se convierte en una poderosa arma de chantaje. Te despiden; denuncias por discriminación homosexual, y que se espabile la empresa en demostrar lo contrario, que corra con el sambenito de homofobia. Esto tiene un efecto boomerang: que las empresas se lo piensen dos veces antes de contratar a una persona de aquellas características por el lío en que pueden meterse. Y lo mismo puede suceder con las escuelas concertadas y cualquier asociación.
4.- Las sanciones. Es necesario recordar que la homofobia, cuando es judicialmente probada, y por consiguiente con garantías de presunción de inocencia por parte del acusado (de ahí las pocas denuncias, y las escasísimas sentencias condenatorias) está ya sancionada penalmente en España. Ahora la Generalitat de Catalunya, por la vía de la arbitraria inversión de la carga de la prueba, añade unas importantes sanciones por la vía administrativa. La combinación de ambos mecanismos, más laacción de lobby del homosexualismo político, puede acongojar, digámoslo así, a personas, instituciones, colegios y empresas. Y esta capacidad de atemorizar y los medios de que disponen por las ayudas públicas tienen un nombre: se llama poder. Esta es la ley del poder homosexual.
5.- Atenta contra el derecho de los padres, y de los centros concertados con ideario, a la educación moral y religiosa de sus hijos, porque la ley obliga a considerar la homosexualidad y la bisexualidad como positiva, y en esta premisa han de estar educados nuestros hijos.
6.- Por razones semejantes, la ley obliga a tratar todo hecho homosexual y bisexual en términos positivos, censura la libertad de expresión e impide la libertad religiosa. Y el ejemplo continúa siendo el mismo: yo trabajo codo a codo con un musulmán, puedo incluso rezar con él, y por descontado y siempre rezar por él, pero en ningún caso puedo aceptar que obliguen a mi sociedad, a sus medios de comunicación, a nuestras escuelas, a ser adoctrinadas en el Islam y a
valorarlo siempre positivamente porque de lo contrario seré acusado de islamofobia. Pues es exactamente lo mismo con la homosexualidad y bisexualidad
No es una ley para evitar situaciones de injusticia contra los homosexuales, algo que queremos creer que nadie desea, sino para, imponer la ideología de género y la promoción de la homosexualidad al conjunto de la sociedad y con toda la fuerza del Estado, atropellando libertades, derechos y garantías jurídicas. No es una ley para evitar que los homosexuales sean discriminados, sino para otorgarles unos privilegios inconcebibles si de otros colectivos estuviéramos hablando y que suponen la institucionalización de una injusticia que tendrá graves y muy nocivas consecuencias en todos los ámbitos de la vida social.



