Cita con Hacienda

Arranca la campaña de la Renta 2025: fechas clave, novedades y quién está obligado a declarar

Arranca la campaña de la Renta 2025: fechas clave, novedades y quién está obligado a declarar

El plazo para presentar la declaración de la renta se abre este 8 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio, con cambios para autónomos, nuevas deducciones y ajustes en la tributación del ahorro.

La cita con Hacienda vuelve a marcar el calendario. La campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente a 2025 arranca este miércoles, 8 de abril, con la apertura del plazo para presentar la declaración por Internet. A partir de ahí, casi tres meses por delante —hasta el 30 de junio— para rendir cuentas con el fisco.

La Agencia Tributaria ha dado el pistoletazo de salida incluso antes de tiempo, poniendo ya a disposición de los contribuyentes sus datos fiscales y el acceso al número de referencia, una llave que permite gestionar todo el proceso. El objetivo es evitar prisas de última hora en una campaña que cada año concentra millones de declaraciones en pocas semanas.

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CALENDARIO: DEL CLIC AL DESPACHO

El primer tramo será exclusivamente digital. Desde el 8 de abril, cualquier contribuyente podrá consultar su borrador y presentar la declaración a través de Renta WEB.

A partir del 6 de mayo, la campaña da un paso más y abre la vía telefónica, con la Agencia confeccionando la declaración previa cita. Y ya en junio —del 1 al 30— llegará el turno de la atención presencial en oficinas.

Eso sí, hay una fecha que conviene subrayar en rojo, el 25 de junio será el último día para presentar declaraciones con resultado a ingresar si se opta por la domiciliación bancaria. Después, tocará pagar por otras vías.

¿QUIÉN TIENE QUE DECLARAR?

La regla general se mantiene. Estarán obligados quienes superen los 22.000 euros anuales con un solo pagador o los 15.876 euros si hay dos o más pagadores.

También deberán pasar por caja todos los autónomos, independientemente de sus ingresos, así como los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.

En cambio, una de las novedades más llamativas es la marcha atrás en la obligación de declarar para quienes cobran prestaciones por desempleo. Finalmente, no tendrán que presentar la declaración, tras la última modificación legal.

MÁS CONTROL... Y MÁS AYUDAS

La campaña llega con ajustes, aunque sin grandes revoluciones a nivel estatal. Sí hay cambios relevantes en el detalle. Nuevas casillas, más avisos automáticos y mejoras en el sistema para evitar errores que luego acaban en sustos.

Entre las novedades, destaca un sistema que avisará si los familiares incluidos en la declaración están obligados a declarar, una medida que busca reducir rectificaciones posteriores. También será el propio programa el que calcule el rendimiento mínimo en alquileres a familiares, una tarea que hasta ahora recaía en el contribuyente.

Para los autónomos, se introducen nuevas casillas para regularizar cotizaciones y un mayor desglose en determinadas actividades, especialmente en el sector agrícola.

En paralelo, se incorporan cambios en la tributación del ahorro. El tipo máximo estatal sube del 14 por ciento al 15 por ciento para rentas superiores a 300.000 euros, mientras que para residentes en el extranjero alcanza el 30 por ciento.

PREMIOS, ETFS Y RENTAS BAJAS

La campaña también pone el foco en nuevas formas de inversión. Se habilitan apartados específicos para declarar ganancias patrimoniales procedentes de premios, fondos cotizados (ETFs) y sicavs, facilitando el traslado automático de datos.

En el otro extremo, se introduce una nueva deducción dirigida a las rentas más bajas, con la intención de amortiguar el impacto del aumento del salario mínimo.

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