Vídeos publicados

La CNMC multa a Ibai Llanos, Jordi Wild y Nachter por saltarse la ley audiovisual

Las tres resoluciones suman 4.033 euros por infracciones graves del artículo 158.31: publicidad sin identificar en La Velada, combates sin calificar y anuncios de antigripales sin los avisos obligatorios.

Ibai Llanos posando en un entorno natural con traje oscuro
Ibai Llanos, conocido creador de contenido, enfrenta una multa de la CNMC por infracciones en publicidad.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia acaba de recordar a los grandes creadores de contenido que la ley también va con ellos. El organismo sancionó el 23 de julio a tres de los nombres más seguidos de internet en España —Ibai Llanos, Jordi Wild y Nachter— por incumplir la Ley General de Comunicación Audiovisual en vídeos difundidos en X, YouTube, Instagram y Facebook. Las resoluciones, aprobadas en la Sala de Supervisión Regulatoria del 18 de junio, declaran acreditadas tres infracciones graves y llegan con el voto particular de un consejero.

No hablamos de cifras que vayan a mover la contabilidad de nadie. Hablamos de un precedente.

Los tres figuran en la categoría que la norma llama usuarios de especial relevancia (UER): creadores con audiencia masiva a los que la ley exige actuar con diligencia profesional. Eso incluye señalar la publicidad, calificar los contenidos que puedan dañar a menores y respetar las reglas específicas de los anuncios de medicamentos. Los tres expedientes —SNC/DTSA/007/26, 107/25 y 144/25— apuntan justo a esos tres frentes.

QUÉ HIZO CADA UNO

En el caso de Ibai Llanos, la CNMC considera acreditado que varios vídeos publicados en su cuenta de X incorporaban una marca de bebida durante la presentación de artistas de La Velada, sin una señalización que permitiera al espectador distinguir la comunicación comercial del contenido editorial. La marca estaba integrada en el propio contenido. Y ahí, sostiene el regulador, es donde el usuario tiene más difícil saber que está viendo publicidad.

A Jordi Wild se le sanciona por otra cosa. La CNMC analizó los canales de YouTube @ElRinconDeGiorgio y @dwt_fighting, vinculados al evento Dogfight Wild Tournament, y concluyó que determinados combates de contacto extremo debían haber llevado calificación y advertencia, además de la activación de los mecanismos de la plataforma para restringir el acceso de menores. El regulador subraya un punto técnico que suele pasarse por alto: sin calificación correcta, los sistemas de control parental no funcionan, porque dependen de que el contenido esté etiquetado.

El tercero, Nachter, se lleva la multa más alta. La CNMC da por probado que difundió comunicaciones comerciales sobre antigripales en su cuenta de Instagram y en su página de Facebook sin cumplir los requisitos que la ley impone a la publicidad de medicamentos: dejar claro el carácter publicitario, identificar el producto e incluir la invitación a leer el prospecto o consultar al farmacéutico.

CUÁNTO PAGA CADA UNO

Las tres cuantías, antes y después de los descuentos por reconocer la infracción y pagar por adelantado, quedan así:

  • Ibai Llanos: 710 euros, reducidos a 568 por pago anticipado.
  • Jordi Wild: 1.543,44 euros, reducidos a 1.241,95.
  • Nachter: 1.779,94 euros, reducidos a 1.067,96 tras reconocer su responsabilidad.

La suma bruta ronda los 4.033 euros. Para creadores cuyos ingresos anuales se cuentan en millones, la sanción es simbólica. El mensaje, no.

POR QUÉ IMPORTA MÁS DE LO QUE PARECE

Lo que nadie explica del todo es que estas multas no salen de la nada. En junio de 2026 la CNMC ya había requerido a cinco influencers por no identificar bien la publicidad, y venía avisando en su propio blog sobre cuándo un creador debe marcar un contenido como promocional. Estas tres resoluciones son el paso siguiente: del aviso a la sanción.

El regulador insiste en un argumento que desmonta la excusa habitual —que la responsabilidad es de la plataforma—. Las obligaciones, dice, recaen sobre quien vende y organiza la publicidad o difunde el contenido, con independencia de dónde se publique. YouTube, X o Instagram no eximen a nadie.

El objetivo declarado es doble: que la audiencia distinga entre entretenimiento y publicidad, y que los menores no accedan sin filtros a contenidos que pueden perjudicarles.

Suscríbase aquí gratis a nuestro boletín diario. Síganos en X, Facebook, Instagram y TikTok.
Toda la actualidad de Mallorca en mallorcadiario.com.

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Más Noticias