Alquiler turístico

Las comunidades de vecinos tendrán poder decisorio sobre nuevas viviendas turísticas

Placa identificativa de alojamiento turístico reglado.

A partir de este jueves 3 de abril entra en vigor la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal, que otorga a las comunidades de vecinos la potestad de autorizar o vetar la instalación de nuevas viviendas de uso turístico. Con esta modificación normativa, será obligatorio contar con el visto bueno expreso de los residentes para la puesta en marcha de este tipo de alojamientos.

La reforma, impulsada por la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha sido elaborada en colaboración con ayuntamientos y comunidades autónomas. Su objetivo es dotar a los residentes de mayor capacidad de decisión en la regulación de estos alquileres, que en los últimos años han generado un intenso debate en las principales ciudades españolas debido a su impacto en la convivencia y el acceso a la vivienda.

CAMBIO NORMATIVO

Con la nueva legislación, las comunidades de propietarios podrán aceptar o vetar la apertura de nuevas viviendas de uso turístico mediante votación en junta. Este cambio es relevante, ya que anteriormente la normativa limitaba las opciones de los vecinos para restringir esta actividad.

La nueva redacción establece que la instalación de viviendas de uso turístico requerirá el acuerdo expreso de la comunidad de propietarios, sin necesidad de modificar el título constitutivo o los estatutos, como se exigía hasta ahora según la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Para su aprobación, se necesitará el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios, que representen a su vez las tres quintas partes de las cuotas de participación.

REGISTRO VIVIENDAS USO TURÍSTICO

En paralelo a esta reforma, el Gobierno aprobó en 2024 el Real Decreto que crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, con el fin de acabar con el fraude en los alquileres de corta duración.

Con este nuevo sistema, los arrendadores de cualquier tipo de alquiler de corta duración, ya sea turístico o temporal, deberán obtener un número oficial de registro que acredite el cumplimiento de la legalidad vigente para poder ofertarse en plataformas online.

La Ventanilla Única Digital comenzará a operar en julio, pero los propietarios pueden solicitar el registro de sus viviendas desde el pasado 2 de enero de 2025. En los primeros 90 días de funcionamiento, se han registrado 18.104 solicitudes en todo el territorio nacional. De ellas, 8.787 han sido concedidas (49%), 7.393 están en fase de evaluación (41%) y 1.924 han sido revocadas (11%).

Esta reforma supone un paso significativo en la regulación del alquiler turístico, dando mayor control a las comunidades de vecinos y estableciendo mecanismos más estrictos para garantizar la legalidad y transparencia en el sector.

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