El Grupo Municipal del PP exige responsabilidades

Curioso es el proceder de este gobierno que ha sido capaz de alegar que nuestros hijos/as estaban y están seguros bajo un techo en obras, cuando sacos de arena y palés de tejas depositados en él decían que no implicaban ni implican ningún peligro. Una mañana de tormenta ha sido la que ha tenido que llamar su atención produciendo daños que han obligado a las familias a no llevar sus hijos por miedo a males mayores. Pocos metros separan la iglesia de Sant Francesc de la escuela de Joan Benejam, ¿qué hubiera pasado si ese rayo hubiera caído en la misma escuela? ¿qué hubiera pasado si los daños producidos en la iglesia se trasladan a un centro escolar en obras, rodeado de un andamio de hierro, con una cubierta a la vista y con, como hemos dicho anteriormente, sacos de arena, palés de tejas y además, con niños/as en el interior?. Es de una gran IRRESPONSABILIDAD por parte de la CONSELLERIA D’EDUCACIO, CULTURA I UNIVERSITATS, IBISEC y DELEGACIÓ TERRITORIAL D’EDUCACIÓ el haber permitido esta situación aún teniendo conocimiento expreso de no cumplir con el procedimiento, a los hechos nos remitimos:

El pasado 13 de noviembre de 2014, se formalizó el contrato para la redacción del proyecto básico y de ejecución, instalaciones y de actividades, estudio de seguridad y salud, recepción de la obra y libro de edificio; dirección de instalaciones y coordinación de seguridad de la reforma de la cubierta del CEIP Joan Benejam; contrato que se realizó a favor de Enric Taltavull Femenies.

El 8 de junio de 2015 se solicitó licencia de obras para la ejecución de las obras de reforma de la cubierta y el 17 de junio de 2015, cuando ya gobernaba el nuevo equipo de gobierno, fue concedida, curiosa la rapidez de conceder esta licencia cuando este equipo de gobierno no se caracteriza por la celeridad en la resolución de licencias urbanísticas. El 1 de abril de 2016 se concedió la de instalación eléctrica.

Se perdió un año por el simple hecho de querer hacer la reforma y la instalación eléctrica de forma conjunta y así estamos. Pero lo más curioso es que en el Pliego de Condiciones Particulares del contrato se pueden leer frases tales como:

“…amb independencia de la data de formalització del contracte, l’acta d’inici de les obres haurà de subscriure’s obligatòriament a l’inici del período vacacional escolar de l’estiu de 2016…”, INCUMPLIDO

“…cas de les obres s’hagin d’executar durant el període lectiu, el contractista haurà d’efectuar totes les actuacions adients per independitzar l’obra de l’ús educatiu, de conformitat a les directrius del coordinador de seguretat i salut…” INCUMPLIDO, ¿entienden independizar un centro con andamios alrededor, cubos, sacos y tejas en la cubierta con riesgo a caída y los niños/a dentro? ¿cuál es el Plan de Seguridad establecido a tal efecto?

Y para colmo, en los informes de supervisión emitidos por el IBISEC, emitidos el 13 de mayo de 2015, se dice explícitamente lo siguiente:

Instalación eléctrica: “…el termini d’execució de les obres, és de 3 mesos. La totalitat de les obres, NO PODEN COMPATIBILITZAR-SE AMB LA’ACTIVITAT DOCENT”.

Ejecución de la reforma de la cubierta: “…es considera que les obres NO SÓN COMPATIBLES amb el correcte desenvolupament escolar i per tant s’hauran de desenvolupar durant els mesos de vacances escolars estivals per tal d’EVITAR RISCOS ALS USUARIS…”

Si la ratificación de clasificación de licitadores se realizó del 6 de julio de 2016 y se firmó el 11 de julio de 2016 y, teniendo las empresas no adjudicatarias un plazo de interposición de recurso de 1 mes desde la fecha de publicación en el perfil de contratante (o sea, pongamos más o menos el 11 de agosto de 2016).

Si el expediente de contratación a favor de la empresa M. Polo SL se firmó el 14 de julio de 2016 (fecha que aparece rectificada a mano) y las obras se inician en agosto 2016.

¿Podrían explicarnos los responsables de educación como fiaban cumplir con todas las indicaciones citadas? ¿podrían decirnos por qué el DELEGADO TERRITORIAL DE EDUCACION, responsable insular y persona de contacto en Menorca, ante esta situación no informó como es debido al centro ni se informó de las consecuencias? ¿por qué el responsable del IBISEC permitió que se sucedieran todas estas incomprensibles circunstancias? ¿por qué el Conseller d’Educació, Cultura i Universitats, ante una obra subvencionada, no realiza el correspondiente seguimiento de ésta? ¿se hará responsable de los daños ocasionados en el centro?

Vistas que el Sr. Joan Marqués, DELEGADO DE EDUCACIÓN en Menorca el pasado 21 de septiembre fue capaz de declarar a pesar de todo: “…las obras son perfectamente compatibles con la actividad docente”.

EL GRUPO DEL PP EXIGE POR TODO LO EXPUESTO QUE SE TOMEN LAS MEDIDAS, SE EXIJAN RESPONSABILIDADES Y SE PRODUZCAN LAS DIMISIONES DE LOS RESPONSABLES ante los hechos ocurridos por poner en entredicho la seguridad del alumnado y personal del CEIP Joan Benejam, así como por el incumplimiento de los pliegos de condiciones firmados al efecto.

Raquel Pericás Negrete

Regidora del Grup Municipal Popular

Ajuntament de Ciutadella

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