El Ayuntamiento de Santa Eulària, un edificio emblemático en la localidad.
El expediente se inició a raíz de un acta de control de alquiler vacacional levantada por la Policía Local el 13 de junio de 2025, en la que se constató la comercialización de la vivienda como estancia turística a través de una plataforma digital de alquiler vacacional.
Durante la inspección se verificó la existencia de una reserva de cuatro noches, del 9 al 13 de junio de 2025, así como la prestación de servicios propios de actividad turística.
La vivienda inspeccionada se ubica en un edificio plurifamiliar situado en suelo urbano, cuya calificación urbanística es de uso residencial.
De acuerdo con las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, en los edificios plurifamiliares queda expresamente prohibido el alquiler vacacional, por lo que el cambio de uso es ilegal.
La sanción que se propone está prevista en la Ley de Urbanismo de Baleares que establece un porcentaje del 75 por ciento sobre el valor de la edificación. En este caso, el valor de referencia del inmueble asciende a 236.701 euros.
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