Las ayudas al alquiler y el acceso a vivienda pública constituyen instrumentos esenciales de apoyo para hogares con ingresos limitados en las Illes Balears. Esta guía sintetiza, con carácter orientativo, los requisitos más habituales, la documentación que suele exigirse y las pautas de tramitación, así como recomendaciones prácticas para reducir incidencias durante el procedimiento.
El Govern de les Illes Balears ha publicado la convocatoria de ayudas al alquiler 2025, con una dotación de 9,3 millones de euros y cobertura con cargo al Plan Estatal de Vivienda 2022-2025. La ayuda permite subvencionar hasta el 50 % de la renta de la vivienda habitual, con tope de 3.000 € anuales por vivienda.
FECHAS CLAVE (NOVIEMBRE–DICIEMBRE)
-Apertura de solicitudes: 14 de noviembre de 2025, desde las 00:00 h.
-Cierre de solicitudes: 15 de diciembre de 2025, hasta las 23:59 h. Estas fechas están fijadas oficialmente por la CAIB (sede electrónica y portal específico de Vivienda).
CUANTÍA, LÍMITES Y CONDICIONES ECONÓMICAS
-Intensidad de la ayuda: hasta el 50 % de la renta.
-Límite anual: 3.000 € por vivienda.
-Tope de alquiler subvencionable (referencia habitual): hasta 900 € mensuales, según la difusión institucional y medios locales. (Revisa siempre la letra de la convocatoria que te aplique).
REQUISITOS PRINCIPALES
-Vivienda habitual en Illes Balears con contrato de alquiler en vigor.
-Límites de ingresos de la unidad de convivencia (como regla general, ≤ 3 veces el IPREM anual, salvo supuestos).
-Obligación de destinar la ayuda al pago de la renta durante el periodo subvencionable. Estos criterios se desprenden de la orden de bases y de la ficha de convocatoria. Consulta tu caso concreto en la sede: puede haber matices por tamaño de unidad familiar, discapacidad, víctimas de violencia, etc.
CÓMO PRESENTAR LA SOLICITUD
-Vía telemática en la SEU electrónica de la CAIB (trámite “Ayudas alquiler de vivienda 2025”). El procedimiento, formularios y anexos estarán activos desde las 00:00 h del 14/11.
-Portal informativo específico de la Dirección General de Vivienda (DG.HAB), donde se publica la documentación modelo y avisos.
-Reúne con antelación: DNI/NIE, contrato de arrendamiento, justificantes de pago de la renta, certificados de empadronamiento, acreditación de ingresos (IRPF/vida laboral), y cuantos anexos exija tu supuesto. (La relación exacta figura en el trámite).
CRITERIOS Y PRIORIDAD
Las notas informativas difundidas por Govern y medios locales recuerdan que conviene presentar cuanto antes porque la tramitación puede atender a orden cronológico mientras exista crédito disponible. Si el crédito se agota o se prevé su agotamiento, la admisión puede cerrarse conforme a lo previsto en la orden.
DIFERENCIAS CON EL BONO ALQUILER JOVEN
Paralelamente existe el Bono de Alquiler Joven (250 €/mes, hasta 24 meses, 18–35 años), con periodo subvencionable 2024–2025. Es otra línea, con requisitos propios y tramitación diferenciada. Si cumples edad/ingresos, puedes revisar si eres compatible (ten en cuenta no duplicar ayudas sobre el mismo gasto más allá de lo permitido). Consulta la ficha específica.
TIPOS DE APOYO DISPONIBLES
En términos generales, las convocatorias de ayudas al alquiler subvencionan un porcentaje de la renta mensual hasta un máximo establecido en las bases, condicionado a límites de ingresos, topes de precio de arrendamiento y residencia efectiva en el archipiélago. En paralelo, el parque público y las bolsas de alquiler social habilitan vías de acceso a vivienda mediante baremos que ponderan la composición familiar, la discapacidad, los ingresos declarados y, en su caso, situaciones de emergencia habitacional.
Requisitos frecuentes
- Ingresos dentro de los límites de la convocatoria.
- Empadronamiento y residencia en las Illes Balears.
- Contrato de alquiler vigente y pagos al día.
- No ser propietario de vivienda (salvo excepciones justificadas).
DOCUMENTACIÓN Y CÓMO PRESENTARLA
- DNI/NIE y certificados familiares.
- Contrato y recibos.
- Declaración de la renta o certificados de ingresos.
- Volante de empadronamiento.
- Formularios oficiales y anexos completos.
Plazos y resoluciones
Las ayudas se convocan anualmente o según presupuesto. Revisa el BOIB y la web del organismo gestor. Guarda justificantes y consulta los listados provisionales para subsanar.
CONSEJOS PARA MEJORAR TUS OPCIONES
- Reúne todo antes de presentar. La falta de un documento puede excluirte.
- Comprueba límites de renta por municipio y tamaño de la unidad familiar.
- Atento al correo: las notificaciones de subsanación tienen plazo.
- Solicita cita si necesitas orientación técnica.
La diferencia entre lograr o no la ayuda suele estar en la preparación. Si cumples los requisitos y presentas una solicitud completa, aumentas tus opciones de acceder a una ayuda o a una vivienda pública en Baleares.





