En concreto, en 2016 se inició el expediente por el que se impuso al cazador una multa de 20.000 euros y la retirada de la licencia de caza por un plazo de cuatro años. Los magistrados, estimando parcialmente un recurso del afectado, rebajan esta penalización a 14.000 euros y recortan a tres años la retirada de la licencia.
El Consell multó al hombre como autor de una infracción muy grave, al haber organizado en 2014 una cacería en la Serra de Tramuntana, a través de una empresa y sin contar con los permisos correspondientes. El sancionado obtuvo beneficios económicos por esta actividad.
ABATIDO UN EJEMPLAR DE 'BOC' BALEAR
En la cacería se abatió un ejemplar de la especie autóctona 'boc balear', de gran valoración y poca comercialización. La sentencia recoge que se hizo publicidad de la batida a nivel internacional, utilizando como reclamo una fotografía del animal abatido, cuya caza está muy restringida.
La Sala ha rechazado los argumentos del cazador afectado para tratar de evitar la sanción. Sin embargo, ha moderado la cuantía de la multa que el Consell había aplicado. De hecho, la institución insular le había impuesto la sanción máxima, al considerar que la conducta se agravaba por la publicidad realizada de la cacería, que podía generar "más volumen comercial".
"MERA EXPECTATIVA DE LUCRO"
El TSJIB entiende que la administración aplicó este agravamiento sobre "una mera expectativa de lucro económico, pero no de un beneficio real y efectivo". Entre otras consideraciones, la resolución judicial señala que no se ha probado que el cazador haya organizado otros eventos cinegéticos similares en territorio balear.
El 'boc balear', la cabra salvaje autóctona mallorquina, sólo se puede cazar en fincas con un certificado de calidad de caza mayor otorgado por el Consell. Esta especie habita principalmente en la Serra de Tramuntana, en pequeños núcleos y, generalmente, en zonas abruptas y poco accesibles.
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