El hombre acusado de matar a un ladrón que entró a su finca a robar marihuana ha sido condenado a siete años de cárcel. Además de la pena de prisión, el condenado deberá indemnizar a los familiares de la víctima con 157.875,5 euros.
Los miembros del Jurado concluyeron que los hechos no encajan en un delito de asesinato. En los hechos probados no apreciaron ni ensañamiento ni alevosía, por lo que limitaron la condena al ámbito del homicidio.
El magistrado-presidente impone la pena después de valorar las conclusiones del Jurado y aplicar las circunstancias concurrentes en el caso.
ATENUANTE POR MIEDO
La sentencia recoge que la conducta del acusado se produjo en un contexto marcado por el miedo, lo que integra una atenuación de la responsabilidad penal solicitada por la defensa. El magistrado señala que, aunque el Jurado también apreció la confesión, esta circunstancia se ve matizada por el hecho de que el acusado negó el homicidio durante el juicio, pese a que finalmente se dictó veredicto de culpabilidad.
Con todo ello, y atendiendo a lo acreditado por el Jurado, el tribunal considera procedente imponer la pena en su mitad inferior, concretándola en siete años de prisión.
La resolución también subraya que el propio Jurado destacó que el acusado no declaró con claridad sobre algunos extremos, como el arma utilizada. No obstante, varios agentes de la Guardia Civil testificaron que S.M.G. mostró una actitud colaboradora, enseñó la finca y entregó la ropa relacionada con los hechos.
CONDENADOS LOS AUTORES DEL ASALTO
La sentencia condena asimismo a D.L.S., A.A.F. y J.J.C.R., los hombres que asaltaron la finca, a un año de prisión por un delito de robo en casa habitada en grado de tentativa. El Jurado consideró probado que se pusieron de acuerdo, planificaron el asalto y lo llevaron a cabo, resultando fallecido uno de los participantes.
La resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.








