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Los juzgados post-estado de alarma: más limitados y con restricciones al acceso exterior
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Los juzgados post-estado de alarma: más limitados y con restricciones al acceso exterior

Por Redacción
viernes 24 de abril de 2020, 17:19h

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Los juzgados posteriores al levantamiento del estado de alarma por el Covid-19 reducirán su capacidad y mantendrán restricciones en relación al acceso exterior. Estas son las intenciones que el Ministerio de Justicia ha comunicado este viernes a los representantes de abogados, procuradores y graduados sociales, en el transcurso de una reunión que se ha desarrollado por videoconferencia.

El Ministerio de Justicia plantea que una de las medidas a adoptar de manera urgente, una vez que se levante el estado de alarma declarado el pasado 14 de marzo por la pandemia del coronavirus, sea habilitar los juzgados como centros de trabajo limitados y restringidos al acceso exterior.

Así lo han comunicado este viernes el secretario de Estado de Justicia, Pablo Zapatero, y el secretario general para la Innovación y la Calidad del Servicio Público de Justicia, Borja Vargues, a la presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, Victoria Ortega; el presidente del Consejo General de los Procuradores de España, Juan Carlos Estévez y el presidente del Consejo General de Graduados Sociales de España, Ricardo Gabaldón, en una reunión por videoconferencia.

Según ha informado el Ministerio de Justicia en una nota de prensa, el encuentro ha tenido como objeto trazar las líneas generales del Real Decreto-Ley que aprobará el Gobierno para responder de manera "urgente, eficiente y ordenada" a la reactivación de la administración judicial, garantizando la seguridad laboral de todos los profesionales.

La propuesta pasa por ofrecer a los funcionarios la posibilidad de acogerse de forma voluntaria a turnos de mañana o tarde durante un tiempo determinado y, si fuera necesario, autorizar su movilidad entre órganos judiciales del mismo orden jurisdiccional y la misma localidad.

Las medidas incluidas en el Real decreto-ley tendrán un ámbito temporal limitado a la vigencia del estado de alarma y los tres meses siguientes, según explica el Ministerio de Justicia. Además, los servicios que prestan las sedes judiciales al público y profesionales deberán adaptarse a las restricciones que determinen las autoridades sanitarias.

El objetivo de estas medidas es sentar las bases normativas para que la vuelta a la actividad judicial se apoye en un protocolo de seguridad laboral consensuado, que deberá contar con suficientes recursos de protección personal.

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